Año Nuevo 2022: ¿cuáles son las restricciones para hoy 1 de enero?
Conoce el horario así como otras de las restricciones dispuestas por el Gobierno para estas fiestas de fin de año.

Año Nuevo 2022. El creciente número de contagios por la variante ómicron, denominada como “preocupante” por la Organización Mundial de la Salud (OMS), obligó al Gobierno a adoptar medidas sanitarias más estrictas y restrictivas con el fin de evitar el aumento de contagios en el país.
Por ello, para los festejos de fin de año e inicio del siguiente se establecieron ciertas restricciones que tendrán que ser acatadas hoy 1 de enero de 2022. En las siguientes líneas, conoce cuáles son las prohibiciones y las multas por incumplir las normas.
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Horario del toque de queda el 31 de diciembre y 1 de enero 2022
El horario del toque de queda para Año Nuevo comenzará desde las 11.00 p. m. del 31 de diciembre hasta las 4.00 a. m. del 1 de enero para controlar que no se realicen reuniones sociales masivas y concentraciones en las calles.
En ese sentido, la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas vigilarán las calles para que se respeten las normativas sanitarias.
¿Qué restricciones por la COVID-19 habrá en Año Nuevo 2022?
- Los autos particulares no podrán circular durante el toque de queda. Sin embargo, podrán hacerlo aquellos vehículos autorizados y taxis.
- El aforo permitido para Año Nuevo, según el Ministerio de Salud (Minsa), se redujo del 80% al 60% por fiestas.
- Las reuniones y actividades sociales quedan prohibidas. Caso contrario, se impondrá una multa a los participantes. Con respecto a las reuniones nucleares familiares, el Ejecutivo recomienda evitarlo.
- El ingreso a las playas estará prohibido durante este 31 de diciembre y el 1 de enero de 2022 a nivel nacional. Asimismo, la medida se extiende para piscinas, ríos y lagunas.
Multas por incumplir normas del Gobierno
A continuación, revisa la lista completa de multas que serán ejecutadas por incumplir las medidas sanitarias establecidas por el Gobierno:
- Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio: S/ 352,00.
- Salir de casa durante la inmovilización social obligatoria: S/ 440,00.
- No portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas (FF. AA.): S/ 440,00.
¿Están prohibidas las bebidas alcohólicas en playas, ríos y lagunas?
Los días 1 y 2 de enero de 2022 quedan prohibidos la venta y el consumo de bebidas alcohólicas, según lo establecido por el Ejecutivo.
El Decreto Supremo N° 188-2021-PCM señala que durante el estado de emergencia nacional a consecuencia de la covid-19 el uso de las playas del litoral peruano, como espacio público, se encuentra restringido, con la finalidad de evitar la concurrencia.
Se exceptúan de esta restricción los deportes acuáticos sin contacto, tales como surf, vela, remo, entre otros, que se desarrollan exclusivamente en zona de mar y con distanciamiento físico o corporal. Cabe mencionar que sí se continuará permitiendo el uso de los espacios públicos aledaños, tales como malecones, veredas, ciclovías, entre otros, para el desarrollo de deportes al aire libre y con el uso de mascarilla.
Viajes interprovinciales
Respecto a los viajes interprovinciales que deseen hacer los ciudadanos, el Decreto Supremo 186-2021-PCM también dispone que los pasajeros del transporte interprovincial terrestre, mayores de 18 años, en todo el país, solo podrán viajar si presentan su carnet de vacunación que acredite las dos primeras dosis contra el coronavirus. También pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar el bus.



















