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Sociedad

Sujeto que vendía textos de Santillana por Drive podría ir a prisión si no cumple reglas de conducta

La Corte Superior de Justicia de Lima dictó 3 años y 4 meses de prisión suspendida contra el ciudadano de iniciales H. E. Y. S. por el delito de reproducción, difusión, distribución de obra sin autorización del autor.

larepublica.pe
Sentencian a ciudadano que vendía material ajeno sin autorización. Foto: composición Jazmin Ceras/La República/difusión

La Corte Superior de Justicia de Lima dictó una condena de tres años y cuatro meses de prisión suspendida por el plazo de dos años contra el ciudadano de iniciales H. E. Y. S., tras ser encontrado culpable del delito de reproducción, difusión, distribución de obra sin autorización del autor. Las agraviadas son dos editoriales dedicadas a la publicación de textos.

El Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial de la CSJ de Lima, a cargo del juez Walther Huyllani Choquepuma, explicó que la ejecución del veredicto está sujeta a reglas de conducta que el acusado deberá cumplir.

En la sentencia, se precisa que —según el juez— el demandado usó y comercializó por redes sociales, a través de WhatsApp y Facebook, textos educativos de la Editorial Santillana en formato PDF. De igual manera, vendió videos de cursos para el alumnado médico y materiales de clases que proporcionaba la empresa VILLAMEDIC S. A. C., vía Google Drive, a cambio de pagos que se realizaban mediante transferencias bancarias.

"Las investigaciones iniciales de la Fiscalía implicaron el seguimiento de las redes sociales a través de sus coordenadas y la identificación de los titulares de las cuentas que realizaban los pagos", se lee también en el documento publicado por la Corte Superior de Justicia de Lima en sus plataformas digitales.

El delito

El juez Huayllani Choquepuma recordó a la población que vender textos, cursos, grabaciones por internet sin autorización de sus titulares o sus creadores incurre en el delito contra la propiedad intelectual, prevista en los artículos 217 y 218 del Código Penal. Su respectiva pena varía entre los cuatro a ocho años de privación de libertad.

"Quien compra y forma parte de estas redes de negocio ilícito también podría ser comprendido como cooperante necesario y eventualmente ser sentenciado", dijo el magistrado.

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