
La Superintendencia Nacional de Migraciones amplió el tiempo para que los extranjeros que ingresen al país puedan regular su estado migratorio a través del Permiso Temporal de Permanencia (PTP). En un inicio, el plazo para hacerlo era hasta este jueves 30 de marzo; sin embargo, la institución dispuso el aplazamiento, mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000093-2023-Migraciones, por 30 días calendarios, contados desde el sábado 1 de abril.
De acuerdo al documento, la Dirección de Operaciones deberá realizar “las acciones y coordinaciones necesarias a fin de garantizar que los procedimientos contemplados en el Decreto Supremo N.º 010-2020-IN se sigan atendiendo de acuerdo al ámbito de sus funciones”.
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Así, según el decreto supremo mencionado, la solicitud de regulación migratoria la deben realizar los extranjeros a quienes se le ha vencido el plazo de permanencia otorgado por Migraciones y quienes han ingresado al territorio nacional de manera irregular; es decir, los foráneos que no pasaron el debido control migratorio.
El Permiso Temporal de Permanencia es un documento oficial, emitido por Migraciones, que todo ciudadano extranjero debe tener para poder realizar actividades dentro del país de forma legal y, a su vez, tener acceso a salud, educación, justicia y trabajar de manera formal.
Tiene una vigencia de un año y no es renovable. Para continuar en el país ejerciendo actividades, en el marco de la legislación peruana, se debe solicitar una nueva calidad migratoria, antes de que venza el PTP.





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