El proceso penal por las esterilizaciones forzadas durante el régimen del exdictador Alberto Fujimori enfrenta dos nuevos obstáculos este año: la adecuación al Nuevo Código Procesal Penal y los inminentes pedidos de los implicados en este caso solicitando que se aplique la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad.
Con la adecuación a la nueva norma procesal, el caso regresa una vez más a fojas cero, pero sigue abierto. En cambio, todo lo contrario ocurriría con una eventual aplicación de la denominada ley de impunidad. Ello impediría que miles de mujeres de zonas pobres del país, que fueron intervenidas contra su voluntad, alcancen la justicia que tanto anhelan.
“Fujimori sigue denunciado. El proceso penal no se ha archivado. Las miles de víctimas necesitan saber, ante la desinformación que generaron algunos titulares, que todavía estamos en esta carrera de largo aliento y de resistencia por justicia”, aseveró la abogada de Demus, María Ysabel Cedano, a La República.
Si bien las primeras denuncias salieron a la luz en los primeros años desde que se promovió el procedimiento de anticoncepción quirúrgica voluntaria, que de voluntaria solo tenía el nombre, la investigación fiscal contra Fujimori y sus exministros se abrió formalmente en 2004.
Desde ese año el caso estuvo en vaivenes, entre inconsistentes archivamientos y posteriores reaperturas, hasta 2018 cuando el exfiscal superior Luis Landa Burgos declaró fundada una queja de las víctimas contra un archivamiento y ordenó denunciar penalmente al exdictador y sus exministros Alejandro Aguinaga, Marino Costa y Eduardo Yong como coautores mediatos del delito de lesiones graves seguidas de muerte en un contexto de graves violaciones a los derechos humanos.
La sustentación de cargos inició en marzo de 2021 y se extendió hasta diciembre del mismo año, mes en el que el juez Rafael Martínez decidió abrir instrucción contra Fujimori y sus excolaboradores. La investigación judicial finalizó en noviembre de 2023, pero una semana después se dio a conocer que la Corte Suprema acogió un amparo de Alejandro Aguinaga y anuló la resolución que dio inicio a la instrucción.
Víctima. Esperanza Huayama es uno de los rostros de la política de esterilizaciones forzadas del fujimorato. Foto: La República
La anulación del proceso hizo que se perdiera todo lo que hizo el juez Littman Ramírez, quien reemplazó al magistrado Rafael Martínez. La abogada María Ysabel Cedano señaló que en total se habían recabado más de 800 testimonios en sede judicial “que probaban un modus operandi, un patrón sistemático”. Carlos Rivera, abogado del IDL, indicó a este medio que las víctimas “ya venían de declarar ante la Fiscalía”, por lo que lo que hizo el juez fue repetir lo que ya se había hecho.
Cedano dio a conocer que en la investigación judicial “en varios momentos revictimizó” a las denunciantes. Dijo, por ejemplo, que las notificaciones no llegaban a tiempo ni en la lengua materna de las víctimas. “Generaba mucha angustia, mucha frustración”, acotó. También afirmó que, en la mayoría de los casos, la Defensa Pública, el Centro de Emergencia Mujer y el SIS “brillaron por su ausencia”.
Si bien Rivera y Cedano coinciden en que la reciente decisión del Poder Judicial es un retroceso para el caso, también concuerdan en que es una oportunidad para que el Ministerio Público fortalezca su denuncia, a fin de evitar que el proceso sufra un nuevo revés en el futuro.
La letrada de Demus indicó que ahora la Fiscalía podrá incorporar sin problema a más de 2.000 víctimas a la denuncia original, que recogía aproximadamente a 1.300. Recordó que, durante la instrucción, se le solicitó al juez ampliar la denuncia, pero este no se llegó a pronunciar al respecto.
Uno de los puntos a reforzar, sostienen, es la argumentación respecto a que las esterilizaciones forzadas efectivamente constituyen delitos de lesa humanidad. Ello ante los inminentes pedidos de los implicados para que se aplique la Ley 32107. “Para que el juez tenga los argumentos necesarios para ejercer un buen control de convencionalidad y no aplicar la ley de impunidad”, recalcó Cedano.
Testimonio. “No di mi autorización. Incluso me aumentaron la edad”, contó una de las víctimas en Chumbivilcas, Cusco.
La Fiscalía también debería imputar, según la abogada, los delitos contra la libertad porque “no solo se lesionó el cuerpo de las mujeres”, sino que fueron intervenidas quirúrgicamente sin un consentimiento expreso. Sostiene que existen testimonios de víctimas que denunciaron que su edad fue alterada, mientras que otras fueron “secuestradas o amarradas en camillas”. “No solo es un tema de lesiones físicas, sino también se ha vulnerado los derechos reproductivos al acceso a la más amplia gama de derechos reproductivos, a la planificación familiar. Es decir, a decidir cuántos hijos y cuándo los quiero tener”, apuntó.
La anticoncepción quirúrgica “voluntaria” fue de especial interés del exdictador Alberto Fujimori para “controlar” la pobreza, según un informe del 2006 del Ministerio de Salud y la denuncia del Ministerio Público. Y es que la esterilización empezó a ser considerada como un método de planificación familiar gracias a una ley aprobada por el Congreso a propuesta del régimen de Fujimori.
Requerido. Fujimori no puede ser procesado por este caso hasta que la Corte Suprema de Chile amplíe los cargos de la extradición.
Según los documentos, el régimen optó por priorizar la esterilización sobre los otros métodos anticonceptivos. Ejemplo de ello, afirman, es el hecho de que los pasos para acceder a este procedimiento se fueron flexibilizando con el paso del tiempo.
Otro elemento que confirmaría el interés de Fujimori en las esterilizaciones es el oficio que el exministro Marino Costa le envió en 1997, año en el que se fijó la meta de 150.000 intervenciones. “Se muestra un incremento a partir de junio debido a la producción y respaldo de las Fuerzas Armadas y Policiales, tanto en lo relativo a la ligadura de trompas como a vasectomía”, comunicó el extitular.
“La política de población implementada durante el segundo periodo de gobierno del expresidente Alberto Fujimori tuvo como visión ideológica la lucha contra la pobreza, existiendo evidencias suficientes para concluir que se establecieron metas numéricas a nivel nacional, exclusivamente para el método de anticoncepción quirúrgica, bajo la justificación de la atención de la demanda insatisfecha de planificación familiar de las mujeres de las poblaciones rurales, amazónicas y urbano marginales en situación de pobreza”, concluyó el informe del Minsa.