El juez especializado del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Víctor Zúñiga Urday, señaló que se encuentra dentro del plazo para pronunciarse sobre la nulidad de la incautación de 34 bienes de la Universidad Alas Peruanas (UAP). El 8 de abril de este año, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional anuló el mandato de Zúñiga y le ordenó volver a pronunciarse.
El magistrado Zúñiga argumentó que el tiempo transcurrido no es atribuible a su despacho porque la defensa de la universidad interpuso una serie de acciones en su contra, las que han retrasado que emita la resolución respecto a si ratifica o revoca el mandato de incautación de los inmuebles.
“Espero resolver este caso lo antes posible. Quizás la próxima semana porque tengo intranquilidad de no resolver. Pero, aclaremos que la resolución está pendiente desde el 2 de septiembre de este año y no desde el 2 de abril”, explicó el juez Zúñiga a La República.
Según la defensa de la universidad, Zúñiga debió resolver de forma inmediata y no lo hace hasta el momento.
“En abril me recusaron la universidad y un investigado. El artículo 59° del Código Procesal Penal, que nos remite al artículo 52°, establece que yo no puedo resolver cuando está pendiente una recusación, excepto si se trata de la libertad, y este caso es sobre bienes inmuebles”, señaló el juez Zúñiga.
RAZONES DE LA DEMORA
“La Sala resolvió las recusaciones en mayo, las declaró inadmisibles. Luego, en junio, me volvieron a recursar, por lo que tampoco pude resolver. Esta última recusación se resolvió el 9 de julio y la resolución se firmó el 17 de julio. Pero el expediente del caso no regresa inmediatamente. Así que el 29 de agosto convoqué a audiencia (para resolver el caso de las incautaciones), pero me pidieron que la suspenda. El 30 de agosto fue feriado. El 31 fue sábado. Y el primero de septiembre fue domingo. Entonces, el 2 de septiembre llevé a cabo la audiencia. Por lo tanto, no suman más de 200 días sin que yo resuelva el caso”, explicó el magistrado.
El juez Víctor Zúñiga ordenó la incautación de bienes de la universidad Alas Peruanas.
“Han transcurrido dos meses y días, sin embargo el requerimiento que presentó el fiscal Wilson Salazar Reque para sustentar las incautaciones, contiene más de 6.800 folios. Y el segundo requerimiento son otros 3.600 folios. En total, más de 10500 folios, lo que demanda tiempo para su revisión. Estamos en el tomo 40 con más de 19.000 folios. Ese es el expediente, por eso está demorando, son varios bienes los que tengo que resolver”, dijo el juez Víctor Zúñiga.
Zúñiga deberá resolver con el mismo requerimiento de incautación que presentó originalmente el fiscal Wilson Salazar Reque, porque pese a que el juez pidió que se individualice cada uno de los bienes, el fiscal Salazar volvió a presentar la misma solicitud.
El fallo de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional que anuló el mandato del juez Víctor Zúñiga para la incautación de 34 bienes de la Universidad Alas Peruanas, cuestionó que el magistrado copiara los argumentos del fiscal Wilson Salazar Reque, y no hiciera una evaluación propia.
Para la defensa de la UAP, Víctor Zúñiga no reconoce este aspecto central del fallo de la Sala Penal, por reproducir en forma literal el requerimiento del fiscal, en lugar de plantear un razonamiento sobre el pedido del fiscal Wilson Salazar Reque. El magistrado respondió que esto no era una causal de nulidad.
“La universidad se ha quejado dos veces ante la Autoridad Nacional de Control (ANC) y las dos veces le ha denegado. La primera vez, presenté a la ANC una resolución similar en el caso ‘Gabinete en la sombra’. Sí, copiamos algunas cosas del fiscal, pero lo citamos. En ese caso se dijo que, si bien puede ser criticable que el juez haya asumido la posición del Ministerio Público, no es ninguna de las causales de nulidad establecidas por el Tribunal Constitucional. Por ese motivo, la ANC archivó la primera queja de la universidad. Pero volvieron a presentar otra queja, y yo digo que ya ha sido resuelta anteriormente. No se puede considerar como una inconducta”, anotó el juez Víctor Zúñiga.
“Puede ser criticable esta circunstancia, pero es un criterio jurisdiccional que haya asumido la posición del Ministerio Público. Ha habido dos quejas y dos recusaciones por parte de la universidad, y otra recusación más, y se han declarado inadmisibles, en unos casos, e infundadas, en otras”, indicó.
La universidad también cuestionó que el juez Zúñiga dispusiera que los 34 bienes de la UAP fueran entregados al Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi), antes que se resolviera la apelación interpuesta por la casa de estudios, afectando las clases de centenares de estudiantes.
El expediente de la incautación de bienes supera los 19 mil folios.
Además, la universidad sostiene que el magistrado Zúñiga mantiene de manera arbitraria la restricción de sus derechos de propiedad, educación y libertad de empresa, pese a que la resolución judicial de incautación ha sido declarada nula y ya no surte efectos.
Víctor Zúñiga explicó: “Se trata de una medida cautelar como la prisión preventiva, que se ejecuta mientras haya apelación, y es provisional. ¿Qué pasa cuando la Sala declara nula una prisión preventiva? No se pone en libertad al imputado sino que el juzgado tiene que emitir un nuevo pronunciamiento. Y todo ese plazo que ha surgido para la nulidad, no se cuenta”.