Cargando...
Política

Elecciones 2026: 14 candidatos a vicepresidentes habrían presentado información falsa en su hoja de vida

El Jurado Electoral Especial (JEE) detectó presuntas inconsistencias de 14 candidatos a vicepresidentes por presunta información falsa en su hoja de vida durante las elecciones generales 2026. Las observaciones alcanzan a postulantes de Renovación Popular, Fuerza Popular y Podemos Perú, entre otros partidos, por omisión de bienes inscritos, acciones en empresas y datos que no coinciden con registros oficiales.

elecciones 2026 | JEE
JEE Lima Centro observó las hojas de vida de 14 postulantes de la vicepresidencia. Foto: composición de Betsy De Los Santos / LR

En las elecciones 2026, al menos 14 candidatos a vicepresidentes enfrentan cuestionamientos por presunta información falsa consignada en su hoja de vida. Así lo señalan resoluciones emitidas por el Jurado Electoral Especial, que detectó inconsistencias en los rubros de bienes, acciones empresariales y otros datos obligatorios. Los casos forman parte del proceso de fiscalización de las elecciones generales 2026.

Las resoluciones, publicadas entre febrero y marzo, detallan que las observaciones se sustentan en cruces de información con la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y otras entidades. En varios expedientes se consigna el número de partida registral, el capital social declarado y la condición societaria del postulante. El JEE otorgó un día calendario para que las organizaciones políticas presenten sus descargos.

Entre los partidos con aspirantes observados figuran Renovación Popular, Fuerza Popular y Podemos Perú. En el caso de Podemos Perú, el candidato a la segunda vicepresidencia Raúl Noblecilla fue cuestionado por la declaración de acciones en un estudio jurídico inscrito en Registros Públicos. En otro expediente, vinculado a Renovación Popular, el órgano electoral advirtió la omisión de información relacionada con bienes o participaciones societarias de la congresista Norma Yarrow. En Fuerza Popular también se abrió proceso por presuntas inconsistencias en la declaración patrimonial relacionada con Miguel Torres.

El Jurado Electoral Especial recordó que la consignación de datos inexactos en la hoja de vida constituye una infracción prevista en la Ley de Organizaciones Políticas. Las sanciones pueden incluir multas que van de una a diez UIT e incluso la remisión de copias al Ministerio Público. El organismo señaló que la veracidad de la información garantiza el derecho de los ciudadanos a un voto informado en las elecciones 2026.

Elena Rivera (Alianza Electoral Venceremos): JEE detecta omisión de acciones en dos empresas activas

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 advirtió presunta información falsa en la hoja de vida de Elena Carmen Rivera Huamán, candidata a la Primera Vicepresidencia por Alianza Electoral Venceremos en las elecciones 2026. Según el Informe N.° 000028-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, la postulante declaró participación en una sola empresa. Sin embargo, la Sunarp reportó que figura como socia en otras dos sociedades anónimas activas que no fueron consignadas.

En el Rubro VIII, ítem “Titularidad de acciones y participaciones”, Rivera Huamán indicó que sí tenía información que declarar y consignó únicamente a Grupo Best Choice S.A.C., Partida Registral N.° 14623259. No obstante, el Oficio N.° 00560-2026-SUNARP/ZRIX/UREG/SSEP, remitido el 14 de enero de 2026 por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, reveló que también aparece como socia en Repuestos y Lubricantes Pepe S.A.C., Partida N.° 12004755, donde suscribió 9.800 acciones, y en Corporación Saluce S.A.C., Partida N.° 14053000, con 5.800 acciones. Ambas empresas se encuentran en estado activo en la Zona Registral N.° IX – Sede Lima.

El informe concluye que existiría omisión de información relevante en la Declaración Jurada de Hoja de Vida presentada en el Expediente N.° EG.2026016326. El Jurado Electoral Especial recordó que la normativa vigente para las elecciones generales 2026 establece que consignar datos inexactos puede acarrear multa de entre una y diez UIT, además de la remisión del caso al Ministerio Público. El órgano electoral recomendó solicitar descargos al personero legal de la organización política para esclarecer los hechos.

Melitza Yanzich (Partido Sí Creo): JEE inicia proceso por omitir participaciones en empresa ESYAN S.R.L.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 dispuso iniciar procedimiento sancionador contra Melitza Melania Yanzich Villagarcía, candidata a la Segunda Vicepresidencia por el Partido Sí Creo, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01621-2026-JEE-LIC1/JNE advierte que en su hoja de vida declaró no tener información sobre acciones o participaciones. Sin embargo, un cruce con la Sunarp señala que figura como socia de la empresa ESYAN S.R.L., con 7.156 participaciones inscritas en la Partida Registral N.° 12142348.

El informe de fiscalización N.° 000025-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE precisa que la candidata marcó “NO” en el ítem de titularidad de acciones y participaciones dentro del Rubro VIII. La consulta realizada a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos contradice esa declaración. El JEE consideró que existen indicios razonables de presunta información falsa, infracción prevista en el numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas. La sanción puede ir de una a diez UIT y contempla la posible remisión del caso al Ministerio Público.

El Partido Sí Creo presentó descargos dentro del plazo. Su personero legal, Javier Lozano López, sostuvo que la empresa ESYAN S.R.L. se encuentra en baja de oficio ante la Sunat desde el 31 de julio de 2010 y en condición de no habido. Argumentó que no existe actividad económica, patrimonio vigente ni generación de ingresos, por lo que no habría afectación a la transparencia en las elecciones generales 2026. El procedimiento continúa en trámite y el Jurado Electoral Especial deberá pronunciarse en los próximos días sobre la existencia o no de infracción.

Virgilio Acuña (Partido Democrático Federal): JEE advierte omisión de 43.500 acciones en Hamuqpacha Perú S.A.C.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Virgilio Acuña Peralta, candidato a la Primera Vicepresidencia por el Partido Democrático Federal, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01618-2026-JEE-LIC1/JNE señala que el postulante no declaró en su hoja de vida ser titular de 43.500 acciones de la empresa Hamuqpacha Perú S.A.C. La información figura inscrita en la Partida Registral N.° 12204794 de la Zona Registral N.° IX – Sede Lima, según reporte de la Sunarp.

El informe de fiscalización N.° 000011-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE precisa que en el Rubro VIII, ítem “Titularidad de acciones y participaciones”, el candidato sí consignó otras personas jurídicas. Declaró participación en Feed Hunted S.A.C., Universidad de Lambayeque S.A.C., Corporación Universitaria de la Costa S.A.C., Edificaciones de la Costa S.A. y Plataforma Virtual. No incluyó a Hamuqpacha Perú S.A.C., pese a que la consulta registral remitida mediante Oficio N.° 00560-2026-SUNARP/PZRIX/UREG/SSEP confirmaba su participación accionaria. El órgano electoral considera que existiría una discrepancia objetiva que podría configurar información falsa.

El personero legal del partido, Walter Gamonal Bravo, presentó descargos y solicitó el archivo del caso. Señaló que la empresa solo llegó a constituirse e inscribirse en Registros Públicos, pero nunca obtuvo RUC ante la Sunat ni realizó actividad económica. Adjuntó una consulta del 1 de marzo de 2026 que indica que la razón social no registra número de RUC. Sostuvo que no hubo intención de ocultar información y que en procesos anteriores el candidato no fue observado por este punto. El procedimiento continúa en trámite y el Jurado Electoral Especial deberá resolver si corresponde imponer multa dentro de las elecciones generales 2026.

Norma Yarrow (Renovación Popular): JEE inicia proceso por no declarar 200 participaciones en empresa CYL Servicios

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 dispuso iniciar procedimiento sancionador contra Norma Martina Yarrow Lumbreras, candidata a la Primera Vicepresidencia por Renovación Popular, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01610-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, en el Rubro VIII sobre titularidad de acciones y participaciones. La fiscalización detectó que declaró no tener información que consignar, pero la Sunarp reportó que sí registra participaciones en una empresa.

De acuerdo con el Informe N.° 000012-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, la candidata marcó que no contaba con acciones o participaciones. Sin embargo, el Oficio N.° 00560-2026-SUNARP/ZRIX/UREG/SSEP señala que figura con 200 participaciones sociales en la empresa CYL Servicios, Importación, Exportación S.R.L., inscrita en la Partida Registral N.° 00030163. Esta discrepancia entre la declaración jurada y la información registral constituye un indicio razonable de infracción al numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas.

El Jurado Electoral Especial otorgó un plazo de un día calendario para que la candidata y el personero legal alterno de Renovación Popular, Fernando Sandoval Ruiz, presenten sus descargos a través de la plataforma electoral del JNE o de manera presencial. La normativa de las elecciones generales 2026 establece que, de confirmarse la infracción, la sanción puede ir de una a diez UIT. El órgano electoral también puede remitir los actuados al Ministerio Público, según lo dispone el reglamento vigente.

Miguel Torres (Fuerza Popular): JEE abre proceso por omitir 1.500 acciones en A.C. Games & Entertainments S.A.C.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Miguel Ángel Torres Morales, candidato a la Segunda Vicepresidencia por Fuerza Popular, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01609-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, específicamente en el Rubro VIII sobre titularidad de acciones y participaciones.

Según el Informe N.° 000022-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, el candidato declaró que no tenía información que consignar en ese apartado. Sin embargo, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), a través del Oficio N.° 00560-2026-SUNARP/ZRIX/UREG/SSEP, reportó que registra 1.500 acciones en la empresa A.C. Games & Entertainments S.A.C., inscrita en la Partida Registral N.° 12981048. La resolución señala que existe una discrepancia objetiva entre lo declarado y la información oficial.

El Jurado Electoral Especial otorgó un plazo de un día calendario para que el candidato y el personero legal titular de Fuerza Popular, Edwin Lévano Gamarra, presenten sus descargos. De confirmarse la infracción en el proceso de las elecciones generales 2026, la sanción puede ir de una a diez UIT. El colegiado también exhortó a Torres Morales a habilitar su casilla electrónica ante el JNE, ya que no figura registrada en el sistema.

Maritza Sánchez (Partido Demócrata Verde): JEE detecta 660 acciones no declaradas en consultora educativa

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Maritza del Carmen Rosario Milagros Sánchez Perales, candidata a la Primera Vicepresidencia por el Partido Demócrata Verde, en el proceso de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01616-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, en el Rubro VIII sobre declaración de bienes y rentas. Según el informe de fiscalización, la postulante declaró no tener acciones ni participaciones registradas.

El Informe N.° 000023-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, emitido el 25 de febrero, detalla que la Sunarp remitió información distinta. Mediante el Oficio N.° 00560-2026-SUNARP/ZRIX/UREG/SSEP, la entidad reportó que la candidata figura con 660 acciones en la empresa “J & M Consultores y Servicios Educativos S.A.C.”, inscrita en la Partida Registral N.° 12390661. El JEE concluye que existe una discrepancia objetiva entre la declaración jurada y el registro oficial.

El colegiado dispuso correr traslado del informe al personero legal titular del Partido Demócrata Verde, Julio Sergio Alfaro Taipe, y a la propia candidata para que presenten sus descargos en un plazo de un día calendario. La normativa de las elecciones generales 2026 establece que, de confirmarse la infracción, la sanción puede ir de una a diez UIT. El Jurado Electoral Especial también puede remitir el caso al Ministerio Público, conforme al artículo 23.6 de la Ley de Organizaciones Políticas.

Wellington Prada (Integridad Democrática): JEE advierte 1.500 acciones no declaradas en ELIWI S.A.C.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Wellington Prada Chipayo, candidato a la Segunda Vicepresidencia por el Partido Político Integridad Democrática, en el proceso de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01522-2026-JEE-LIC1/JNE señala presunta información falsa en su hoja de vida, en el Rubro VIII sobre declaración de bienes y rentas. El postulante consignó que no tenía acciones ni participaciones que declarar.

El Informe N.° 000021-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, recibido el 24 de febrero, detalla que la Sunarp reportó que el candidato figura como socio fundador de la empresa ELIWI S.A.C. Registra 1.500 acciones inscritas en la Partida Registral N.° 11275474. Esta información no aparece en la declaración jurada presentada ante el sistema electoral. Para el colegiado, existe una discrepancia objetiva que encaja en el numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas.

El Jurado Electoral Especial otorgó un plazo de un día calendario para que el candidato y la personera legal titular, Janet Rosario Márquez Letona, presenten sus descargos a través de la plataforma electoral del JNE. La defensa solicitó que se archive el caso y sostuvo que la información declarada es veraz. Alegó el principio de presunción de veracidad y pidió que se confirme la idoneidad de la candidatura. El caso continúa en trámite dentro de las elecciones generales 2026. De acreditarse la infracción, la sanción puede ir de una a diez UIT y el expediente podría remitirse al Ministerio Público.

Tania Porles (Libertad Popular): reconoce omisión de 9.800 acciones y pide reducción de multa

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Tania Ulrika Porles Bazalar, candidata a la Segunda Vicepresidencia por Libertad Popular, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01518-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, luego de que declarara no tener acciones ni participaciones en empresas.

El Informe N.° 000020-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE señala que, tras la consulta a la Sunarp, la postulante figura como socia de SOCIUM S.A.C. Registra 9.800 acciones inscritas en la Partida Registral N.° 12826669. Esta información no fue consignada en el Rubro VIII de la Declaración Jurada de Hoja de Vida presentada ante el sistema electoral. Para el colegiado, existen indicios suficientes para abrir proceso por infracción al numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas.

En sus descargos, el personero legal Jesús Marcelino Haro Cabello admitió que la candidata sí es titular de las acciones observadas. Sostuvo que la omisión se produjo por un error material al trasladar la información al sistema del JNE. La defensa indicó que Porles Bazalar reconoce su responsabilidad y solicitó la aplicación del artículo 25 del reglamento, que permite reducir la multa a la mitad. El caso sigue en evaluación dentro de las elecciones generales 2026. El Jurado Electoral Especial deberá determinar si corresponde imponer una sanción de entre una y diez UIT y si remite los actuados al Ministerio Público.

Virgilio Acuña (Partido Democrático Federal): JEE detecta sentencia firme no consignada en hoja de vida

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Virgilio Acuña Peralta, candidato a la vicepresidencia por el Partido Democrático Federal, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01378-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, debido a la omisión de una sentencia firme vinculada a una obligación de dar suma de dinero.

Según el Informe N.° 000010-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, el aspirante registra el expediente N.° 00792-2015-0-1302-JP-CI-02 en el Segundo Juzgado de Paz Letrado – Sede Huaral. La demanda fue interpuesta por la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Isidro. El proceso corresponde a la materia de obligación de dar suma de dinero. La sentencia, emitida el 20 de julio de 2017, declaró fundada en parte la demanda y ordenó el pago de S/ 18.245,57 más intereses. El fallo quedó consentido y el estado actual del caso figura como archivo provisional.

En su Declaración Jurada de Hoja de Vida, el candidato consignó información en el Rubro VI sobre sentencias civiles. Sin embargo, solo declaró el Expediente N.° 3334-2020 del Primer Juzgado Civil de Chiclayo, también archivado. No incluyó el proceso tramitado en Huaral. Para el Jurado Electoral Especial, existen indicios razonables de infracción al numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas. El órgano electoral otorgó un plazo de un día calendario para que el candidato y el personero legal Walter Gamonal Bravo presenten sus descargos dentro del proceso de las elecciones generales 2026. De confirmarse la falta, la sanción puede ir de una a diez UIT y el caso podría remitirse al Ministerio Público.

Heber Cueva (Partido Morado): JEE cuestiona cargos partidarios declarados en hoja de vida

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Heber Diomedes Cueva Escovedo, candidato a la Primera Vicepresidencia por el Partido Morado, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01384-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, debido a la declaración de cargos partidarios que no figuran en los registros oficiales del Jurado Nacional de Elecciones.

Según el Informe N.° 00014-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, el postulante consignó haber ejercido los cargos de Secretario Regional de Organización de Arequipa (2022-2023) y Secretario General Regional de Arequipa (2023-2025). Sin embargo, la consulta en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) indica que es afiliado al Partido Morado desde el 18 de febrero de 2020, pero no aparece inscrito como miembro de comité, dirigente ni representante. Para el colegiado, existe una discrepancia objetiva entre lo declarado en la DJHV y la información verificada en el sistema oficial.

En sus descargos, el personero legal Mauricio Enrique Palomino Vidal sostuvo que se trató de un error material en el registro en el sistema Declara+. Señaló que el candidato sí ejerció funciones de liderazgo regional en Arequipa y presentó como prueba el Oficio N.° 002712-2022-JEE Arequipa, cartas internas partidarias y comunicaciones dirigidas a la Secretaría Nacional de Organización. La defensa argumentó que no existió dolo y pidió el archivo del procedimiento dentro del proceso de las elecciones generales 2026. El Jurado Electoral Especial deberá evaluar si corresponde imponer una multa de entre una y diez UIT o cerrar el expediente.

Daniel Barragán (Partido Cívico Obras): JEE advierte que consignó haber sido elegido vicepresidente en 2021

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Daniel Hugo Barragán Coloma, candidato a la Primera Vicepresidencia por el Partido Cívico Obras, por presunta información falsa en su hoja de vida presentada para las elecciones generales 2026. La Resolución N.° 01379-2026-JEE-LIC1/JNE señala que el postulante habría consignado haber sido elegido segundo vicepresidente en 2021, cuando en realidad solo fue candidato.

De acuerdo con el informe de fiscalización, Barragán declaró en el rubro de trayectoria partidaria haber sido elegido segundo vicepresidente de la República en las Elecciones Generales 2021 por Unión por el Perú. Sin embargo, la verificación en el portal Infogob del Jurado Nacional de Elecciones y la propia información remitida por la personera del Partido Cívico Obras confirmaron que sí postuló a ese cargo, pero no resultó elegido ni ejerció dicha función.

Ante ello, el JEE consideró que existen indicios suficientes para abrir procedimiento por presunta infracción al artículo 23.6 de la Ley de Organizaciones Políticas, lo que podría derivar en una multa de entre una y diez UIT. En sus descargos, la personera Margarita Carazas sostuvo que no hubo falsedad sino un error material en el registro, ya que resulta evidente —a partir de la proclamación oficial de la fórmula ganadora en 2021— que Barragán no ejerció el cargo. Por ello, solicitó el archivo del caso y que se realice solo una anotación marginal correctiva en la declaración jurada.

María Inés Valdivia (APRA): JEE cuestiona cargo en colectivo “Perú Joven” declarado en hoja de vida

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra María Inés Valdivia Acuña, candidata a la vicepresidencia por el Partido Aprista Peruano, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01409-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, en el Rubro IV sobre trayectoria partidaria, al no acreditarse documental ni registralmente el cargo de coordinadora de “Perú Joven (Lima)” entre los años 2000 y 2001.

El Informe N.° 000015-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, emitido por la fiscalizadora de hoja de vida, detalla que tras la verificación en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) no figura inscripción alguna que respalde dicho cargo partidario. El JEE precisa que la declaración jurada presentada por la candidata no constituye un error material subsanable, sino la rectificación de un hecho sustantivo. Además, la aspirante ratificó bajo juramento la veracidad de su declaración en el formato de consentimiento de participación en las elecciones generales 2026.

En sus descargos, la personera legal alterna Estefanía Mercedes Huamán Ojeda sostuvo que “Perú Joven” no fue un órgano formal del partido, sino un colectivo político coyuntural creado tras el retorno de Alan García Pérez al escenario electoral. Indicó que la candidata ejerció funciones de coordinación dentro de ese espacio juvenil, aunque sin reconocimiento estatutario ni inscripción formal, ya que el ROP se creó recién en 2004. La defensa negó la existencia de falsedad y pidió el archivo del caso. El Jurado Electoral Especial otorgó un plazo de un día calendario para presentar descargos formales antes de emitir pronunciamiento, que podría incluir una multa de entre una y diez UIT o la remisión de los actuados al Ministerio Público.

Rossana Montes (Partido Patriótico del Perú): JEE inicia proceso por no declarar empresa inscrita en SUNARP

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 abrió procedimiento sancionador contra Rossana Elena Montes Tello, candidata a la Primera Vicepresidencia por el Partido Patriótico del Perú, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01622-2026-JEE-LIC1/JNE advierte presunta información falsa en su hoja de vida, específicamente en el Rubro VIII sobre declaración de bienes y rentas.

El informe de fiscalización N.° 000016-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE detectó que la postulante declaró no tener información en el ítem “Titularidad de acciones y participaciones”. Sin embargo, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) informó que figura como titular de la empresa LÍDERES DEL TERCER MILENIO E.I.R.L., inscrita en la partida registral N.° 11474002, con un capital de S/ 1.160. Para el colegiado, existe una discrepancia objetiva entre lo declarado y la información registral oficial.

Ante ello, el Jurado Electoral Especial dispuso correr traslado al personero legal Víctor Javier Díaz Espinoza y a la propia candidata para que presenten sus descargos en un plazo de un día calendario, bajo apercibimiento de emitir pronunciamiento sin su respuesta. De confirmarse la infracción prevista en el numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, la sanción puede ir de una a diez UIT e incluso la remisión del caso al Ministerio Público dentro del proceso de las elecciones generales 2026.

En sus descargos, el partido sostuvo que no existe falsedad ni intención de ocultamiento. Argumentó que, según la consulta RUC de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), la empresa se encuentra en estado de baja de oficio desde el 30 de noviembre de 2006. Precisó que no registra actividad económica, generación de ingresos ni operaciones empresariales desde esa fecha. Añadió que la candidata es docente y no ejerce actividad empresarial vigente. Con esa base, solicitó que se archive el procedimiento.

Raúl Noblecilla (Podemos Perú): JEE advierte presunta omisión de acciones en estudio jurídico

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 inició procedimiento sancionador contra Raúl Martín Noblecilla Olaechea, candidato a la Segunda Vicepresidencia por Podemos Perú, en el marco de las elecciones 2026. La Resolución N.° 01517-2026-JEE-LIC1/JNE señala presunta información falsa en su hoja de vida, específicamente en el rubro VIII sobre declaración de bienes y rentas.

El Informe N.° 00018-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE indica que el postulante declaró tener información por consignar en el ítem “Titularidad de acciones y participaciones”. En el cuadro principal solo registró la empresa Noblecilla & Olaechea Abogados E.I.R.L. Sin embargo, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) informó que también figura como socio de NOBLECILLA OLAECHEA, BARRANZUELA & LEÓN ABOGADOS CONSULTORES ASOCIADOS S.A.C., inscrita en la Partida N.° 14608006 de la Zona Registral N.° IX – Sede Lima. En el asiento de constitución aparece como titular de 500 acciones. Para el JEE, esa participación no habría sido consignada de forma expresa en el cuadro correspondiente.

Por ello, el Jurado Electoral Especial dispuso correr traslado al candidato y a la personera legal Mery Nataly Gonzales Enríquez para que presenten descargos en un plazo de un día calendario, bajo apercibimiento de resolver sin su respuesta. La infracción está prevista en el numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas. La sanción puede ir de una a diez UIT, además de la eventual remisión al Ministerio Público dentro del proceso de las elecciones generales 2026.

En sus descargos, la personera sostuvo que no existe omisión ni falsedad. Afirmó que en la DJHV el candidato marcó “sí tengo información por declarar” y que en el campo de información complementaria consignó textualmente que la citada S.A.C. cuenta con 1.000 acciones y que él es titular de 500. Señaló que el informe de fiscalización realizó una lectura parcial del documento, pues no consideró esa sección. Con ese argumento, solicitó que el expediente sea archivado.

Lo más visto

TC declara constitucional Ley Soto que beneficia a Alejandro Soto, Vizcarra y Cerrón

LEER MÁS

Cuánto es la multa por no votar: montos para Elecciones 2026

LEER MÁS

Presidente Balcázar impulsó ley de nombramiento automático que terminó favoreciendo a su hijo

LEER MÁS

Exescolta de José Jerí es investigado por presuntos vínculos con banda criminal de explotación sexual

LEER MÁS

Recetas

Ofertas

Lo Más Reciente

Política

Comisión de Ética cancela sesión donde se definiría denuncia contra Milagros Jáuregui por exposición de menores

Comisión de Fiscalización del Congreso cita a titulares del JNE y de ONPE para este 4 de marzo

Cuánto es la multa por no votar: montos para Elecciones 2026

Estados Unidos

Elecciones en Nueva York 2025: Zohran Mamdani gana la alcaldía y triunfo le da un fuerte golpe a la era Trump

El 11S el atentado terrorista con más víctimas de la historia: alrededor de 3.000 afectados y cuestionó la seguridad global

Estos son los 5 mejores destinos del mundo para hacer trekking: están en Estados Unidos, España y Perú

Política

Comisión de Ética cancela sesión donde se definiría denuncia contra Milagros Jáuregui por exposición de menores

Comisión de Fiscalización del Congreso cita a titulares del JNE y de ONPE para este 4 de marzo

Cuánto es la multa por no votar: montos para Elecciones 2026

Deportes

Arturo Vidal reconoce que pintó el camerino del Estadio Nacional con Chile en las Eliminatorias 2018: “Me acuerdo que escribimos"

Sporting Cristal separó a Maxloren Castro y Jair Moretti tras polémico video en fiesta: no jugarán ante Carabobo por Copa Libertadores

Alineaciones FC Barcelona contra Atlético de Madrid: posibles formaciones para el partido por la Copa del Rey