
La candidatura de Mario Vizcarra, hermano del sentenciado Martín Vizcarra, se encuentra en manos del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1. El órgano electoral deberá resolver las tres tachas presentadas contra quien encabeza la plancha presidencial del partido político Perú Primero.
El principal y único argumento que sustenta los pedidos de exclusión de Mario Vizcarra como candidato presidencial es que consignó en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) que, en octubre de 2005, recibió una sentencia suspendida firme, emitida por la Sala Mixta de Moquegua, por el delito de peculado.
Asimismo, las pedidos de tachas recuerdan que el mismo Vizcarra registró que la pena fue cumplida y que "se encuentra rehabilitado".
En ese contexto, el lunes 29 de diciembre un ciudadano presentó la primera tacha. En un primer momento, el pedido fue declarado inadmisible debido a que no se adjuntó el comprobante de pago; sin embargo, el defecto fue subsanado y, el martes 30 de este mes, el JEE de Lima Centro 1 admitió a trámite el recurso.
El mismo martes, otros dos ciudadanos presentaron solicitudes similares. Una de ellas fue admitida a trámite, mientras que la otra —hasta el momento— fue declarada inadmisible debido a la falta del comprobante de pago. Recién hoy 31 de diciembre se subsanó dicha observación, por lo que el JEE deberá decidir si admite o no el recurso a trámite.
Luego de admitirse a trámite dos tachas, el JEE otorgó a la organización política Perú Primero un plazo máximo de un día después de recibir la notificación para que presente sus descargos como parte de su derecho a la defensa. De acuerdo con el portal de la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), este miércoles 31 se notificó a la agrupación partidaria de la decisión. Es decir, el día calendario que se brindó vencería mañana 1 de enero del 2026.
Las tachas se sustentan en que, de acuerdo con el artículo 107, literal j), de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), una persona que cuente en sus antecedentes con una sentencia firme por el delito de peculado no puede postular como candidato presidencial en una elección popular.
Además, recalcan que la misma norma establece que, el "impedimento subsiste aun cuando el candidato alegue rehabilitación penal".
La artículo señalado de la Ley 30717 dice lo siguiente: "No pueden postular a la Presidencia de la República las personas que, por su
condición de funcionarios o servidores públicos, hayan sido condenadas, con sentencia consentida o ejecutoriada, en calidad de autoras, por delitos dolosos de colusión, peculado o corrupción de funcionarios, aun cuando hubieran sido rehabilitadas".
De igual manera, recuerdan y confrontan a Perú Primero, al indicar el Tribunal Constitucional, en su sentencia del Expediente N.º 00005-2020-PI/TC, "no ha declarado la inconstitucionalidad del impedimento electoral aplicable a delitos de corrupción de funcionarios", y que solo se pronunció por los delitos vinculados al terrorismo y apología al terrorismo.
"Por tanto, el impedimento por delito de peculado se encuentra plenamente vigente y exigible, tanto para candidaturas presidenciales como para otros cargos de elección popular", se lee en el documento de la tacha.
Asimismo, detallan que anteriormente, el JNE utilizó el criterio de la Ley 30717 contra el candidato Luis Zubia Cortez en 2018 en su Resolución N.º 00290- 2018-JEE-MNIE/JNE, quien fue sentenciado por peculado y estaba rehabilitado.
Fallo del JNE en 2018 en la que excluye a un sentenciado por peculado de la contienda electoral.
A través de un comunicado, Perú Primero rechazó las tachas presentadas e indicó que "no son coincidencia ni responden a una fiscalización ciudadana". Además, las calificó como "ataques coordinador por partidos que representan a la vieja política y que buscan ganar en mesa lo que no pueden conseguir con el voto popular".
En esa misma línea, la organización cuestionó las tachas al señalar el fallo del Tribunal Constitucional sobre el impedimento del contenido de la Ley 30717 para las personas rehabilitadas de un delito.
"No solicitamos privilegios, exigimos que se respeten la Constitución y la jurisprudencia vigente. Las reglas de juego electoral no pueden modificarse de manera arbitraria ni selectiva por presiones mediáticas o por el apellido del candidato", se lee en el comunicado.
Comunicado de Perú Primero

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