El mandato de descerraje, allanamiento e incautación de los bienes de la Universidad Alas Peruanas (UAP), dispuesto por el juez Víctor Zúñiga Urday el 14 de marzo del 2023, y ejecutado el 11 de abril de ese mismo año, por un caso de presunto de lavado de activos, fue anulado por resolución de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional.
Según el fallo del colegiado, el magistrado Víctor Zúñiga dispuso la incautación contra la UAP sin los fundamentos exigidos por la ley. Por lo tanto, la medida afecta el contenido esencial de la garantía fundamental de motivación de las resoluciones judiciales, por lo que incurre en causal de nulidad.
En consecuencia, según la Sala de Apelaciones, los efectos deben retrotraerse al momento en que la medida se dictó. De esta manera, la casa de estudios ha solicitado la inmediata devolución las propiedades, que se encuentran bajo jurisdicción del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi).
La Sala de Apelaciones señaló que el juez Víctor Zúñiga cometió inconducta funcional.
Desde el primer día que el juez Víctor Urday ordenó la incautación de los bienes de la universidad, la defensa de la misma interpuso una serie de acciones para detener la acción judicial.
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El centro de estudios argumentó que durante el periodo en que el exrector y exgerente de la UAP, Fidel Ramírez Prado, mantuvo junto con su familia el control de la entidad, se produjo un millonario desfalco, y la actual administración que recuperó la conducción, siempre denunció ser la agraviada en dicho proceso. Pero el fiscal del caso, Wilson Salazar Reque, involucró a la nueva administración de la universidad, que no tiene ningún vínculo con la familia Ramírez y, sin mayores argumentos solicitó la incautación.
La Sala de Apelaciones señaló que el juez Víctor Zúñiga cometió inconducta funcional.
Según el fallo de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, el juez Zúñiga se limitó a reproducir los actuados del fiscal Salazar, cuando su labor jurisdiccional consiste en revisar escrupulosamente la fundamentación de este. “Advertimos que los argumentos empleados por el juez (Víctor Zúñiga) resultan una copia idéntica de los mismos que se encuentran postulados en el requerimiento fiscal (Wilson Salazar)”, señala la Sala. “En consecuencia, no se evidencia una valoración propia (...), en cuanto a los hechos delictivos que permitan inferir que existen indicios de criminalidad suficientes para incautar los bienes de la investigada (UAP)”, se añade en el fallo.
Además de describir las notables anomalías en el proceso que derivó en la incautación de bienes, la Sala cuestionó la actuación de Zúñiga: “No podemos pasar por alto la inconducta funcional incurrida por el juez Zúñiga, que atenta contra la garantía fundamental de la motivación de las resoluciones judiciales (...), pues ha propiciado la afectación de derechos fundamentales de los investigados, hoy recurrentes, sin analizar debidamente los presupuestos de intervención indiciaria y de proporcionalidad de la medida”, se indica en el fallo.
REPRIMENDA PARA JUEZ
Otro de los cuestionamientos de la Sala de Apelaciones es la falta de motivación del juez Víctor Zúñiga. Por lo que en el fallo se le indicó: “Exhortamos al juez Víctor Zúñiga Urday a efecto de que adecúe su conducta funcional a lo discernido en la presente resolución sobre la motivación de las resoluciones judiciales”. El expediente le ha sido devuelto para que cumpla con el mandato.
El fallo también favorece a otros investigados en el caso, como a la viuda e hijas de Fidel Ramírez Prado.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional está presidida por Iván Quispe Aucca, Edgard Medina Salas y María Guillén Ledesma.