El Pleno del Congreso aprobó la modificación de la Ley del Servicio Diplomático de la República con la finalidad de incorporar nuevos requisitos para garantizar el nombramiento meritocrático y transparente de los embajadores de confianza a cargo del presidente de la República, Pedro Castillo.
La iniciativa respaldada en segunda votación precisa que, solo en casos excepcionales y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, el jefe de Estado puede nombrar como embajador o representante ante organismos internacionales, sin pertenecer al servicio diplomático, a quienes cumplan los siguientes requisitos:
De esta manera, la norma establece que, para permanecer en el cargo, los embajadores en funciones deben adecuarse a los requisitos establecidos en la presente ley en un plazo máximo de 60 días calendario a partir de su vigencia. Vencido el plazo, quedan impedidos de seguir ejerciendo el cargo bajo responsabilidad funcional.
La legisladora no agrupada Susel Paredes advirtió que la norma desnaturalizaba la figura del embajador político. En esa línea, recordó el nombramiento de Carlos Roca, quien es militante aprista y fue nombrado embajador durante el segundo Gobierno del APRA.
“Quién va a dudar de su integridad: fue embajador y era militante. Entonces, qué independencia política va a tener si estaba inscrito. Eso que quiere decir que el Gobierno no va a poder nombrar como embajadores a militantes de su propio partido”, cuestionó Paredes.