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Política

Poder Judicial impone 4 meses de impedimento de salida a PPK

Fiscalía había solicitado 36 meses de impedimento de salida contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski por el caso Westfield Capital.

El próximo 2 de mayo se vencerá la orden de arresto arresto domiciliario de Pedro Pablo Kuczynski. Además, afronta dos mandatos de comparecencia con restricciones e impedimentos de salida del país por 12 y 30 meses. Foto: La República
El próximo 2 de mayo se vencerá la orden de arresto arresto domiciliario de Pedro Pablo Kuczynski. Además, afronta dos mandatos de comparecencia con restricciones e impedimentos de salida del país por 12 y 30 meses. Foto: La República

El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional dictó cuatro meses de impedimento de salida del país al expresidente Pedro Pablo Kuczynski, en el marco de la investigación por el presunto delito de lavado de activos por el caso Westfield Capital (Odebrecht).

El juez Jorge Chávez Tamariz accedió al requerimiento de la Fiscalía; sin embargo, solo impuso la medida por cuatro meses. El Ministerio Público había solicitado que se ordenen 36 meses.

El magistrado desestimo en parte el pedido fiscal debido a que en 2018 ya se había dictado impedimento de salida al exmandatario.

“Entonces, su reiteración debe tener justificación reforzada, que debe provenir del Ministerio Público, no siendo posible acoger 36 meses a los ya otorgados con anterioridad por este órgano jurisdiccional para someter al procesado a las investigaciones por peligro procesal”, se lee en la resolución.

Chávez Tamariz tomó en cuenta para su fallo el hecho de que “ya existen otras medidas de coerción vigentes que neutralicen el peligrosismo, como es la comparecencia con restricciones ante el vencimiento de la detención domiciliaria”.

En efecto, el 9 de abril, el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional varió la situación de PPK de arresto domiciliario a comparecencia con restricciones. De esta manera, el exjefe de Estado deberá cumplir las siguientes indicaciones:

  • Prohibición de comunicación con sus coimputados Gloria Jesús Kisic Wagner, José Luis Bernaola Ñufflo y Gerardo Rafael Sepúlveda Quezada
  • Control biométrico cada 30 días
  • Prohibición de salir de Lima Metropolitana, salvo que se cuente con autorización judicial
  • La prohibición de efectuar declaraciones a los medios de prensa, radial, escrita o televisiva, sobre el caso Westfield Capital
  • Obligación de presentarse ante las autoridades judicial y fiscal cuando lo demanden.

En dicha resolución, el magistrado Jorge Chávez Támariz también dispuso “no imponer la prohibición de realizar actividad política directa e indirectamente por falta de motivación”.

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