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Política

Expertos señalan que Martín Vizcarra no puede acceder a pensión vitalicia para expresidentes

De acuerdo a diversos especialistas, aunque al exmandatario sí le correspondería dicho beneficio, una disposición en la ley 26519 lo restringe de poder recibir los 15.600 soles mensuales de la referida pensión.

Martín Vizcarra asumió la presidencia del Perú luego de la renuncia de Pedro Pablo Kuczysnki. Foto: La República.
Martín Vizcarra asumió la presidencia del Perú luego de la renuncia de Pedro Pablo Kuczysnki. Foto: La República.

Martín Vizcarra, presidente del Perú durante el periodo 2018-2020, señaló que la pensión vitalicia de 15.600 soles establecida para expresidentes “es un derecho” que le corresponde. Bajo esa posición, el mandatario adelantó que presentará ante el Congreso su solicitud para acceder a dicho beneficio, así como lo hicieron recientemente el exgobernante de facto, Manuel Merino, y Francisco Sagasti. Sin embargo, especialistas coinciden en que Vizcarra no podría recibir dicho beneficio por lo que estipula la ley 26519.

Luego de ser vacado del cargo en noviembre de 2020, se plantearon diversas acusaciones constitucionales contra Vizcarra; sin embargo, la que impediría el goce de la pensión vitalicia sería la correspondiente a su vacunación irregular con dosis de la vacuna china Sinopharm.

De acuerdo con la ley 26519, el derecho al pago del monto mensual queda suspendido “para el caso de expresidentes de la República respecto de los cuales el Congreso haya formulado acusación constitucional, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes”.

“Recordemos que el señor Vizcarra, además de ser vacado por incapacidad moral, fue susceptible de un juicio político, es decir, una acusación constitucional. Incluso ha sido inhabilitado para ejercer la función pública por 10 años. A él sí se le sería aplicable el artículo segundo de esa ley. Le correspondería (la pensión), pero está suspendido porque está acusado constitucionalmente”, declaró Luciano López a RPP.

martin vizcarra foto: antonio melgarejo

De igual manera, en diálogo con La República, la constitucionalista María Antonieta Gonzáles indicó que el también ex titular del MTC puede “pedir lo que quiera”, pero el Parlamento, al momento de analizar el requerimiento, verá que “no cumple con lo señalado en la ley y determinará que en su caso no le corresponde” percibir el pago de una pensión.

Otros presidentes encargados

López también considera que ni Merino ni Sagasti deberían acceder a los 15.600 soles mensuales de por vida, debido a que solo “asumen funciones” de presidente de la República. “Por ello, la ley 27375 dice que ‘no vaca en el cargo de presidente del Congreso’. Pensión es para presidentes electos como tales. No para encargados”, manifestó en un tuit.

Por su parte, Gonzáles aseveró que los mencionados excongresistas, así como Martín Vizcarra, sí son considerados ex jefes de Estado, debido a que se llevó a cabo un acto de juramentación.

Francisco Sagasti, (Manuel) Merino en su momento, (Martín) Vizcarra, de acuerdo a la Constitución, sí son presidentes de la República, asumieron como tal. (...) en una figura de sucesión, porque la Presidencia no puede quedar vacía. No podemos no tener cabeza de Gobierno. El presidente no es solamente el jefe de Gobierno, sino el que representa al Estado”, expresó.

Investigado. A Martín Vizcarra lo acusan de presuntas coimas. Foto: Aldair Mejía/La República

Aún no hay pedido formal

Fernando Ugaz, abogado, Martín Vizcarra, señaló que la defensa legal del ex jefe de Estado no ha presentado ningún pedido formal en el que se solicite el cobro de una pensión vitalicia.

“En lo absoluto. No existe ningún pedido formal de ningún tipo de pensión vitalicia por el momento”, dijo el letrado a TV Perú cuando se le preguntó si Vizcarra había presentado algún recurso con el que buscara dicha remuneración establecida para los presidentes del Perú.

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