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Política

Posible ley de interpretación de Cuestión de Confianza contradice directamente lineamientos del TC

De acuerdo al abogado constitucionalista Omar Cairo, la propuesta legislativa de la Comisión de Constitución del Congreso no favorece el balance de poderes del Estado, sino que atenta contra ellos.

Patricia Juárez, presidenta de la Comisión de Constitución del Congreso y parlamentaria de Fuerza Popular, es la principal promotora de la referida ley. Foto: difusión
Patricia Juárez, presidenta de la Comisión de Constitución del Congreso y parlamentaria de Fuerza Popular, es la principal promotora de la referida ley. Foto: difusión

La posible ley de interpretación de la cuestión de confianza, promovida por la Comisión de Constitución del Congreso encabezada Fuerza Popular, contradice de forma directa los lineamientos establecidos por el Tribunal Constitucional (TC) para dicha facultad del Ejecutivo.

Así lo señaló el abogado constitucionalista Omar Cairo, al enfatizar que la iniciativa impulsada por la congresista Patricia Juárez, lejos de “restablecer el equilibrio de poderes”, según alega su equipo en el Parlamento, termina atentando contra el mismo principio bajo las disposiciones del TC como intérprete supremo de la Carta Magna del Perú.

“El contenido de este proyecto va en contra de la resolución del Tribunal Constitucional porque, mientras que este le coloca límites a las materias que pueden ser objeto de cuestión de confianza, el TC ha dicho que no hay tales límites sobre los asuntos que se pueden emplear para plantearlas. Entonces, está contradiciendo lo que dice la sentencia del TC”, explicó Cairo a La República.

Por otro lado, el experto hace hincapié en otro punto de la posible ley, bastante relacionado al escenario que desembocó en la disolución del Congreso aplicada por el expresidente Martín Vizcarra en setiembre de 2019.

“Pretenden también que, según este proyecto de interpretación, la cuestión de confianza debe votarse expresamente, con lo que no procedería la denegación fáctica. Pero el TC ha dicho que, en casos excepcionales, sí procede la denegación material o fáctica cuando el Congreso guarda silencio, pero revela una conducta clara de estar negando aquello que se pidió bajo cuestión de confianza”, refiere el letrado.

“Entonces, es contradictorio. No están reestableciendo el equilibrio de poderes, lo que ha establecido el TC como supremo intérprete de la Constitución al interpretar las normas que regulan la cuestión de confianza. Este proyecto pretende interpretarlas en sentido contrario”, añadió.

Asimismo, Cairo advierte que la iniciativa legislativa, tal como está planteada, no interpreta la Constitución, sino que la modifica y, además, le agrega elementos a la cuestión de confianza que no aparecen en el texto de la Carta Magna.

“Una ley ordinaria no puede modificar válidamente la Constitución. Se requeriría de una reforma Constitucional”, explica el constitucionalista.

Antecedente: el caso de Salvador de Solar

En esa línea, Cairo sostiene que, de aprobarse el proyecto, podría repetirse lo que intentó hacer el Congreso en el año 2019, al negar en los hechos el objeto de la cuestión de confianza solicitada por Salvador del Solar, quien pidió que se detuviera el nombramiento del TC de entonces y modificaran la ley para la designación de sus miembros.

“Eso, en los hechos, lo negaron porque no paralizaron el trámite y eligieron a dos magistrados a las 11 de la mañana. Luego, a las 5 de la tarde, votaron a favor de la cuestión de confianza. Entonces, hicieron algo que es totalmente contradictorio e insostenible”, refiere Cairo.

Los límites de la cuestión de confianza

Por su parte, el constitucionalista Héber Campos explica cuáles son los límites de la cuestión de confianza, ya que estos fueron remarcados por el TC luego de la señalada crisis política de 2019.

El Tribunal Constitucional, de hecho, desarrolló criterios. La cuestión de confianza no es ilimitada ni puede hacerse sobre lo que le dé la gana al Gobierno. Incluso se puso una serie de ejemplos”, sostuvo.

El abogado indica que, entre ellos, de acuerdo al TC, está que no se puede pedir cuestión de confianza sobre medidas que no tengan nada que ver con las funciones o competencias del Gobierno, o para restar funciones o competencias a otros poderes el Estado. Asimismo, no puede solicitarse para limitar derechos fundamentales.

Un predictamen exprés

Otro factor cuestionado dentro de la propuesta de la Comisión de Constitución es la celeridad con la que se ha dado su predictamen, sin contar con alguna opinión del ministro de Justicia, Aníbal Torres, o el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez.

Al respecto, Patricia Juárez señaló que su despacho había solicitado formalmente la opinión ambos funcionarios. Sin embargo, en ambos casos se señaló que la información sobre el proyecto llegó tarde y dejando muy poco tiempo para ser revisada a detalle. Lo mismo se dio con otros abogados de quienes no esperaron respuesta.

Posteriormente, el predictamen exprés fue enviado solo con las opiniones de Domingo García Belaunde, Gerardo Eto Cruz y César Delgado Guembes (los tres a favor), y con opiniones pasadas del año 2019 de otros abogados afines al fujimorismo como Carlos Mesía, Natale Amprimo, Fernando Calle Hayén, Enrique Ghersi o Ernesto Álvarez Miranda.

En ese sentido, además de contener disposiciones inconstitucionales, la ley planteada por la actual Comisión de Constitución se ha visto impulsada con un evidente sesgo a favor de Fuerza Popular.

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