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Ecuador despenaliza la eutanasia

Segundo en Latinoamérica. A partir de ahora, al igual que en Colombia, los ecuatorianos con enfermedades graves y degenerativas podrán acceder al protocolo de la muerte digna. 

Ecuador
Avance ético. La Corte Constitucional sentenció que los médicos no sean sancionados por homicidio al aplicar la eutanasia. Foto: difusión

Ecuador dio luz verde a la eutanasia este miércoles, con lo que se convirtió en el segundo país latinoamericano en despenalizar el procedimiento después de Colombia, a raíz del caso de una paciente con una enfermedad incurable y mortal.

Con siete votos a favor de sus nueve magistrados, la Corte Constitucional abrió la puerta para que los médicos puedan ayudar a morir a un enfermo sin ir a la cárcel.

La sanción por homicidio “no podrá aplicarse al médico que realiza un procedimiento de eutanasia activa en aras de preservar los derechos de una vida digna y al libre desarrollo de la personalidad del paciente”, señaló el máximo tribunal constitucional en un comunicado.

La Corte se valió del caso de Paola Roldán, de 43 años, quien sufre desde hace tres años esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad degenerativa y dolorosa.

La mujer interpuso en agosto una demanda contra el artículo 144 del código penal ecuatoriano, que considera el procedimiento como un homicidio y prevé una pena de prisión de entre 10 y 13 años.

La sentencia le dio la razón sobre la “inconstitucionalidad” del apartado, aunque el Ministerio de Salud todavía debe presentar un proyecto de ley al Congreso para reglamentar la eutanasia.

Farith Simon, uno de los abogados de Roldán, indicó por la red X que “la sentencia es de cumplimiento INMEDIATO”.

Varias veces pensé que no lograría ver los frutos de esta demanda, como quien planta un árbol para que alguien más se siente bajo su sombra”, dijo Roldán el viernes también por X, tras conocerse que su solicitud estaba en la etapa final del análisis.

En América Latina, solo Colombia despenalizó la eutanasia, en 1997. Los parlamentos de Uruguay y Chile discuten proyectos al respecto, mientras que en México existe la llamada ley del “buen morir”, que autoriza al paciente o su familia a solicitar que la vida no sea prolongada por medios artificiales.

“Muerte con dignidad”

La Corte de Ecuador, una nación tradicionalmente conservadora y de mayoría católica, evaluó los alegatos de Roldán y explicó que “sería irrazonable imponer a quien atraviesa esta situación una obligación de mantenerse con vida”.

“Cada ser humano puede tomar decisiones libres e informadas cuando se afecta su desarrollo personal, lo que a criterio de esta magistratura incluye la opción de poner fin al sufrimiento intenso causado por una lesión corporal grave e irreversible o una enfermedad grave e incurable”, añadió.

Por solicitud del tribunal, el Ministerio de Salud debe elaborar en un plazo de dos meses un reglamento para los procesos de eutanasia activa y la Defensoría del Pueblo redactar en seis meses un proyecto de ley que deberá ser aprobado por el Congreso en máximo un año.

El organismo constitucional empezó en noviembre a debatir el pedido de “legalizar la eutanasia como un medio para que personas con enfermedades y lesiones graves e incurables ejerzan su derecho a una muerte digna”, según la defensa de Roldán.

La “muerte digna” en la agenda pública en la región

En Colombia, la Corte Constitucional de dicho país, mediante la sentencia C-233, eliminó la barrera de la enfermedad terminal; es decir, las enfermedades con un pronóstico fatal próximo, por lo general de seis meses, para que los ciudadanos con males graves e incurables puedan acceder a ella con protocolos médicos avalados por el Estado.

En Perú, Essalud ha aceptado las observaciones presentadas por Ana Estrada, ciudadana que sufre de una enfermedad incurable degenerativa, para acceder al protocolo de eutanasia, lo que marca un momento emblemático en la historia del derecho a una muerte digna en Perú.

Este avance sienta un precedente legal y ético de gran alcance.

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