La Suprema Corte de Justicia de México declaró como contraria a la ley sobreponer la objeción de conciencia al derecho al aborto respecto a las mujeres y personas gestantes que deseen interrumpir voluntariamente su embarazo, por lo cual la máxima autoridad judicial exhortó al Poder Legislativo y a los congresos locales a que corrijan ese precepto en las leyes mexicanas y acoten límites para dicho concepto. La decisión obtuvo ocho votos a favor de un total de once magistrados.
La norma invalidada era “un cheque en blanco para que se nieguen los servicios de salud particularmente tratándose del aborto, en contraversión de otros derechos humanos que la Constitución reconoce”, expresó durante el debate el magistrado Arturo Zaldívar.
“La objeción de conciencia jamás podrá invocarse por el personal médico y de enfermería para negar la atención médica por motivos discriminatorios o de odio ni para entorpecer o retrasar la prestación de los servicios sanitarios”, añadió.
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Días atrás, la Suprema Corte declaró inconstitucional una ley estatal que castigaba el aborto con prisión. Este fallo fue calificado de histórico pues, al haber sido aprobados por ocho votos, sientan jurisprudencia y permitirá a las mujeres, mediante un recurso legal, acceder a un aborto seguro en los estados donde aún está penado.
“El pleno determinó que la ley no establecía los lineamientos y límites necesarios para que la objeción de conciencia pueda ser ejercida sin poner en riesgo los derechos humanos de otras personas, en especial el derecho a la salud”, señala un comunicado del máximo tribunal.