
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dio un paso para fortalecer la supervisión sobre las entidades que regula. La entidad actualizó su Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS), incorporando nuevas conductas que podrán ser penalizadas en los sectores financiero, de seguros y privado de pensiones, con el objetivo de reforzar la protección de los usuarios y dotar de mayor precisión a su régimen sancionador.
Uno de los cambios de mayor impacto recae sobre el sistema financiero. A partir de ahora, los incumplimientos relacionados con la aplicación de tasas de interés o con la liquidación de intereses tendrán una tipificación específica dentro del reglamento cuando generen un perjuicio económico a los clientes.
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La modificación no implica nuevas reglas para fijar las tasas de interés ni altera las condiciones bajo las cuales las entidades otorgan créditos. Lo que cambia es el alcance del régimen sancionador: la SBS podrá castigar de manera expresa estas conductas cuando vulneren la normativa vigente.
La calificación de la infracción dependerá del perjuicio económico ocasionado. Si este alcanza o supera las 20 UIT (S/110.000), será considerada grave; si llega a 100 UIT (S/550.000) o más, será muy grave, lo que permitirá a la SBS imponer sanciones más severas.
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La actualización también incorpora otras conductas sancionables para las empresas del sistema financiero. Entre ellas, otorgar créditos a personas o empresas vinculadas en condiciones más favorables que las ofrecidas al resto de clientes, incumplir el deber de informar oportunamente a la SBS sobre transferencias y adquisiciones de cartera crediticia, y utilizar modelos de gestión de riesgos sin la aprobación exigida por la regulación.
La actualización del reglamento también incorpora nuevas infracciones para las AFP, principalmente en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, la acreditación de aportes y la gestión de cobranzas. Entre las conductas sancionables figuran no contar con procedimientos para acreditar los aportes conforme a la normativa, retrasar su registro o no iniciar oportunamente las acciones de cobranza administrativa o judicial. Asimismo, se refuerzan las obligaciones relacionadas con la atención a afiliados y el funcionamiento del Comité Médico de las AFP (COMAFP).
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En el mercado de seguros, la SBS amplía el catálogo de infracciones vinculadas con la protección de los asegurados y la solvencia de las compañías. Podrán ser sancionados, por ejemplo, los rechazos de solicitudes de cobertura sin sustento o fuera de plazo, así como incumplimientos en el registro y valorización de inversiones, retrasos en el pago de productos con componente de ahorro o inversión y obligaciones relacionadas con seguros de caución y fianzas.
La norma también actualiza las infracciones aplicables a los ajustadores de siniestros, quienes podrán ser sancionados si incumplen los plazos o las condiciones para presentar sus informes de liquidación y de ajuste.
Los cambios fueron oficializados mediante la Resolución SBS N.° 01923-2026, que modifica el Reglamento de Infracciones y Sanciones. Según la entidad, la actualización busca adecuar la regulación a los nuevos riesgos de los sistemas supervisados y fortalecer las herramientas con las que cuenta para sancionar incumplimientos y proteger a los usuarios.





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