Con la aplicación del impuesto general a las ventas (IGV) a los servicios digitales, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) recaudó más de S/388 millones en lo que va del 2025.
Recordemos que en diciembre pasado se inició la aplicación del IGV a los servicios digitales por Internet, brindados por empresas extranjeras. Con ello, se ha logrado la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de más de un centenar de estas plataformas, que representan más del 80% de este mercado en el Perú.
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A agosto de 2025, figuran plataformas principales como Netflix, Apple, TikTok, Facebook, Disney, Warner, Linkedin, Amazon, Spotify, Google, Epic Games, Twitch, Nintendo, Sony, Bloomberg, Yango, Didi, Ebay, Mcafee, Canva, Fantiz, Roblox, Samsung, Google, Booking, Microsoft, Tinder, Zoom, Airbnb, OnlyFans, entre otras.
De esta forma, se busca equiparar las condiciones fiscales en las que compiten proveedores nacionales frente a los extranjeros, al aplicar la misma carga fiscal de IGV en ambos casos.
Sin embargo, según advirtió el ente recaudador, todavía existen algunas plataformas que, a pesar de brindar servicios digitales en sectores como la intermediación en los servicios de movilidad (aplicativos de servicio de taxi), servicio de generación de contenidos en línea o servicios de compra y venta de criptomonedas, aún no han cumplido con registrarse en el RUC.
"La Sunat viene intensificando las acciones de control sobre estas compañías. La aplicación del IGV a los servicios digitales forma parte del proceso de adhesión del Perú, a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)", indicó la entidad.
Cabe precisar que la medida ya se aplica en países como México, Chile, Uruguay, Costa Rica, Paraguay, Colombia, Argentina, Ecuador, así como en la Unión Europea.
Para la inscripción de las referidas plataformas digitales, no se requiere fijar domicilio fiscal en el Perú, ni designar un representante legal con domicilio en el país. Además, se permite la actualización de la información registrada en el RUC de manera sencilla, utilizando la Mesa de Partes Virtual de la Administración Tributaria.
La fecha de inicio de actividades que deben consignar en su RUC debe corresponder al mes desde el cual empezaron a brindar servicios digitales o a vender bienes intangibles a personas residentes en Perú, a fin de efectuar los pagos desde dicho periodo.

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