
En el Congreso de la República, se propuso un nuevo proyecto de ley, el cual establece una serie de cambios en el código civil. Elaborado por la congresista Susel Ana María Paredes Pique, esta propuesta buscaría, como dice el título del documento, establecer como únicos herederos forzosos a los hijos menores de edad y mayores de edad con discapacidad.
En la actualidad, las leyes peruanas obligan al testador a dejar una parte de su herencia a determinados familiares (herederos forzosos), como cónyuges, hijos o padres. En este contexto, la normativa propone que el testador tenga mayor control sobre su patrimonio. A continuación te explicaremos todo.
El proyecto de ley 9974-2024-CR propone modificar el Código Civil peruano para otorgar plena libertad testamentaria, limitando la figura de los herederos forzosos exclusivamente a los hijos menores de edad y mayores con discapacidad. Esta reforma permitirá a los testadores disponer libremente de su patrimonio en ausencia de dichos herederos.
Las modificaciones incluyen cambios en los artículos 723, 724, 725 y 727 del Código Civil, ampliando la porción de libre disposición del patrimonio y eliminando la obligación de heredar a otros familiares, como cónyuges o ascendientes. Asimismo, se suprimirán disposiciones que limiten la autonomía del testador en la distribución de sus bienes.
Las principales modificaciones que se realizarán a partir de la ley son las siguientes:
La congresista Susel Paredes subraya que las leyes sucesorias actuales no reflejan la realidad familiar moderna del Perú, donde predominan las uniones de hecho y los vínculos afectivos fuera del núcleo familiar tradicional, lo que genera desigualdades en la distribución del patrimonio.
El proyecto busca actualizar el sistema sucesorio para fortalecer la autonomía del testador, permitiendo reconocer relaciones afectivas no tradicionales. Así, propone una distribución más justa y adaptada a las dinámicas familiares actuales, reservando la legítima solo para hijos menores o mayores con discapacidad.
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El proyecto de ley se basa en la Política de Estado N° 16 del Acuerdo Nacional, priorizando la protección familiar, la prevención de la violencia y la convivencia pacífica. También refuerza los principios constitucionales de dignidad humana y derechos fundamentales, fome.
Para su implementación, el proyecto requiere la aprobación del Congreso, cuyas normativas buscarían adaptarse a las dinámicas sociales actuales para promover políticas que fortalezcan la educación, la salud y el bienestar de los sectores vulnerables.

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