La pensión por consumo era uno de los cambios dentro de la reforma de pensiones en Perú, y ahora es un hecho tras la aprobación de la Ley de Modernización del Sistema Previsional. Este mecanismo permite que un porcentaje del gasto diario de los ciudadanos en sus compras se destine a su fondo de jubilación.
El nuevo sistema integra tanto el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) como el Sistema Privado de Pensiones (SPP), y está estructurado en cuatro pilares: contributivo, semicontributivo, no contributivo y voluntario. En este contexto, la pensión por consumo busca que los consumidores aumenten sus fondos de jubilación, destinando el 1% del valor de sus compras realizadas mediante boletas electrónicas.
La pensión por consumo se basa en un aporte complementario que proviene de los gastos realizados por los afiliados al sistema, respaldados por boletas de venta electrónicas que contengan el nombre y el número de documento nacional de identidad (DNI) del consumidor. Según la normativa vigente, el aporte se financiará con recursos del tesoro público consignados y autorizados en el presupuesto de cada año. Este aporte permanecerá en la cuenta del afiliado hasta su jubilación y será gestionado por el Sistema Privado de Pensiones (SPP) a través de una cuenta especial.
El cálculo del aporte se realiza anualmente, siendo equivalente al 1% de la suma de los importes de las ventas. Sin embargo, es importante señalar que existe un límite mensual de 8 UIT (S/ 41,200), lo que significa que el máximo que una persona puede acumular a través de este sistema es de S/ 412 mensuales. Solo se considerarán las boletas de venta electrónicas cuyos importes no superen S/ 700.
En caso de emitirse notas de débito o crédito electrónicas con valores superiores, se ajustará el importe para determinar si se supera o no el monto de S/700, tal como especifica la norma.
El nuevo sistema de pensión por consumo comenzará a implementarse una vez que se apruebe el reglamento correspondiente, lo cual deberá ocurrir en un plazo no mayor a 180 días hábiles a partir de la publicación de la Ley de Modernización del Sistema Previsional. Por lo tanto, la implementación efectiva del sistema dependerá de la agilidad en la creación y aprobación de dicho reglamento.
Para que los gastos por consumo se incluyan en el cálculo de los aportes correspondientes, deben estar respaldados por boletas de venta electrónicas que acrediten la compra de bienes o servicios, así como la cesión en uso. Estas boletas deben incluir el nombre completo del afiliado y su número de DNI. Además, si se emiten notas de débito o crédito electrónicas que ajusten el importe, también deben incluir estos datos.
La ley establece que este aporte cesará cuando el afiliado acceda a una prestación previsional bajo el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP), o al cumplir 65 años. El reglamento para la adecuada aplicación e implementación de esta ley deberá aprobarse en un plazo no mayor a 180 días hábiles contados a partir de su publicación, lo que marcará el inicio de la implementación de este nuevo sistema.
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Foto: Sunat
A pesar de las buenas intenciones detrás de esta reforma, su impacto real podría ser limitado. Según explicó a La República el profesor de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, el aporte máximo se traduce en aproximadamente S/ 34,33 al mes, considerando un gasto mensual promedio ideal de S/ 1,000. Esto sugiere que, en un contexto donde el ingreso promedio de los peruanos es de aproximadamente S/ 1,700 mensuales, solo se destinaría S/ 10 al mes a la pensión, acumulando un fondo de poco más de S/ 20,000 en 30 años, lo que generaría una pensión de apenas S/ 103, asumiendo una rentabilidad anual promedio de las AFP de 8%.
Críticos como la investigadora Noelia Bernal advierten que el umbral de S/700 se ha mantenido en lugar de reducirse a una cifra más accesible, lo que favorece a quienes ya tienen capacidad de gasto. Luis Arias Minaya, exjefe de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), considera un error destinar recursos fiscales —derivados del IGV— para atender las pensiones de personas que ya tienen capacidad de ahorro. Esto pone de relieve que la reforma no aborda los problemas estructurales del modelo, como la evasión fiscal y la informalidad, que siguen siendo desafíos significativos en el sistema previsional peruano.