En Perú, los adultos mayores de 60 años son un grupo vulnerable que necesita apoyo económico debido a la falta de empleo y otras dificultades. Uno de los beneficios más importantes que el Estado les proporciona es la exoneración del impuesto predial, un tributo anual que grava el valor de las propiedades urbanas y rurales.
En 2017, se introdujeron cambios significativos en la legislación, permitiendo que las personas mayores de 60 años puedan pagar este impuesto de forma parcial o incluso quedar exoneradas completamente. A continuación, te explicamos cómo puedes acceder a este beneficio. ¡Toma nota!
Para acceder a la exoneración del impuesto predial, los adultos mayores deben cumplir con una serie de requisitos establecidos por la ley. El abogado tributarista Miguel Carrillo explica que el valor de la propiedad debe reducirse en 50 UIT (S/247.500) del valor de autoevalúo. Si el valor de la propiedad no supera las 50 UIT, el adulto mayor no deberá pagar el impuesto predial.
Los requisitos específicos son:
El cálculo del impuesto se realiza aplicando la siguiente escala progresiva acumulativa a la base imponible:
Tramo del autovalúo | Alícuota |
Hasta 15 UIT (S/24.750) | 0,2 % |
Más de 15 UIT hasta 60 UIT | 0,6 % |
Más de 60 UIT | 1 % |
Para solicitar la exoneración del impuesto predial, los adultos mayores deben dirigirse a la municipalidad de su distrito con los siguientes documentos:
Es fundamental cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación correcta para acceder a este beneficio sin contratiempos.
El impuesto predial en Perú es obligatorio para todos los propietarios de inmuebles al 1 de enero de cada año, sean personas naturales o jurídicas, independientemente de si habitan el inmueble. Este tributo se paga anualmente y se basa en el valor del inmueble determinado por la municipalidad correspondiente, considerando factores como la ubicación, el uso del bien, su antigüedad y características físicas.
Los impuestos prediales se pagan en el local de la municipalidad correspondiente al distrito o provincia donde se encuentra el inmueble. En el Cercado de Lima, los pagos se realizan en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Al comprar un predio, el nuevo dueño tiene hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición para declararlo. Si no lo hace, cometerá una infracción y será penalizado con una multa. Sin embargo, debido a la obligación de pagar los arbitrios del mes siguiente a la transferencia, se aconseja presentar la declaración jurada antes del último día hábil del mes posterior a la transferencia.
El impuesto predial en Perú es un tributo que deben abonar los propietarios de inmuebles, incluyendo terrenos, viviendas, edificios y otras propiedades tanto urbanas como rurales. Este impuesto, de naturaleza municipal, se paga de manera anual. Su monto se calcula en función del valor del inmueble, el cual es establecido por la municipalidad correspondiente, considerando aspectos como la ubicación, el uso del inmueble, su antigüedad y sus características físicas.
Debes acudir a la municipalidad del distrito donde se encuentra ubicado el inmueble. Las oficinas de recaudación o ventanillas de pago estarán disponibles para estos trámites.
En el Cercado de Lima, los pagos del impuesto predial se realizan en las oficinas del SAT.
Al realizarse una transferencia de un predio, el vendedor puede comunicar la venta mediante una declaración de descargo y debe pagar el impuesto predial del año de la transferencia. Desde la vigencia del Decreto Legislativo N.° 1246 (noviembre 2016), que simplifica trámites administrativos, el vendedor ya no está obligado a presentar dicha declaración. A partir del 1 de octubre de 2016, el adquirente es el único responsable de presentar la declaración jurada de impuesto predial.