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Economía

Requisitos para acceder a los bonos de Essalud: consulta con DNI los montos que ofrecen

Descubre los requisitos y procedimientos para acceder a los subsidios de EsSalud en 2024. Infórmate sobre los montos disponibles y cómo consultarlos con tu DNI.

EsSalud
Son 4 las prestaciones económicas que ofrece EsSalud para todos sus asegurados a nivel nacional. Foto: Andina/Lr.

En el año 2024, EsSalud sigue ofreciendo una variedad de prestaciones económicas destinadas a apoyar a sus asegurados en diversas circunstancias, desde la maternidad hasta la incapacidad temporal. Estos subsidios son importantes para mitigar las pérdidas económicas derivadas de eventos específicos y proporcionar un soporte financiero a los beneficiarios. A continuación, se detallan los subsidios vigentes, los requisitos para acceder a ellos y el procedimiento para cobrarlos.

EsSalud, como parte de su misión de brindar asistencia a los asegurados, ha implementado diversos subsidios que buscan cubrir múltiples aspectos de la vida de sus afiliados. Entre los subsidios disponibles se encuentran el de lactancia, maternidad, sepelio e incapacidad temporal, cada uno con condiciones y montos específicos. Es esencial conocer los detalles de cada uno para asegurar que los beneficiarios reciban el apoyo necesario en el momento adecuado.

¿Qué ayudas económicas ofrece EsSalud?

EsSalud proporciona varias prestaciones económicas diseñadas para cubrir diferentes necesidades de sus asegurados. Los principales subsidios incluyen:

  1. Subsidio por lactancia: este beneficio económico se otorga a las madres aseguradas por el nacimiento de un hijo vivo, con el objetivo de contribuir al cuidado del recién nacido.
  2. Subsidio por maternidad: compensa a las gestantes aseguradas por el tiempo que no trabajarán debido a su licencia de maternidad.
  3. Prestación de sepelio: cubre los gastos funerarios de un asegurado fallecido, siendo un apoyo para los familiares o terceros que asuman estos costos.
  4. Subsidio por incapacidad temporal: compensa la pérdida económica de los asegurados regulares debido a una incapacidad para trabajar por deterioro de salud.

EsSalud: ¿Cómo puedo acceder a las prestaciones económicas?

Para acceder a las diferentes prestaciones económicas que ofrece EsSalud, es necesario seguir procedimientos específicos. A continuación, se detallan los pasos para cada subsidio:

  1. Subsidio por lactancia:
    • Presentar el formulario N° 1040.
    • Documento de identidad original.
    • Carta poder simple si el trámite es realizado por un tercero.
    • Documentación adicional en caso de menores de edad o incapacitados.
  2. Subsidio por maternidad:
    • Presentar el formulario N° 1040.
    • Documento de identidad. Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT).
    • Carta poder simple si el trámite es realizado por un tercero.
    • El empleador debe tramitar el subsidio para trabajadoras dependientes.
  3. Prestación de sepelio:
  4. Subsidio por incapacidad temporal:
    • Tener un vínculo laboral al inicio de la incapacidad.
    • Contar con tres meses de aportes consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses previos.
    • Presentar la solicitud dentro de los seis meses posteriores al término de la incapacidad.

Recuerda que todos estos documentos deben ser presentados de forma oportuna, siguiendo los procedimientos dependiendo de cada prestación.

¿Cuáles son los montos que EsSalud entrega como ayuda económica?

EsSalud establece diferentes montos para cada uno de sus subsidios. A continuación, se detallan los montos correspondientes a cada prestación económica:

  1. Subsidio por lactancia:
    • S/820 por nacimiento de un hijo vivo.
  2. Subsidio por maternidad:
    • Compensación por un periodo de 98 días. Posibilidad de extensión por 30 días adicionales en casos de parto múltiple o menores con discapacidad.
  3. Prestación de sepelio:
    • Monto máximo de S/2.070 para cubrir los gastos funerarios.
  4. Subsidio por incapacidad temporal:
    • Otorgado a partir del día 21 de incapacidad. Puede extenderse hasta 11 meses y 10 días consecutivos.
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