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Economía

EsSalud y sus 4 subsidios económicos: consulta con DNI si puedes cobrar el bono por lactancia, sepelio y más

El Seguro Social de Salud ofrece una serie de ayudas económicas a sus afiliados para afrontar diversas situaciones como la incapacidad laboral, maternidad, lactancia y sepelio. 

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El subsidio por lactancia es un apoyo económico de S/820 que EsSalud que brinda a la madre del bebé recién nacido. Foto: Composición LR/Andina.

EsSalud, el Seguro Social de Salud del Perú, es una entidad pública que ofrece atenciones médicas y beneficios económicos a sus afiliados, incluidos trabajadores activos, pensionistas y sus dependientes. Su misión es garantizar el bienestar y la salud de sus asegurados, proporcionando una variedad de servicios que abarcan desde la prevención y promoción de la salud hasta el tratamiento de enfermedades y la rehabilitación.

Además, EsSalud brinda una serie de subsidios económicos a sus asegurados para apoyarlos en diferentes circunstancias vitales. Dichos bonos están diseñados para ofrecer alivio financiero en diversas situaciones como el nacimiento de un hijo, la incapacidad temporal, la maternidad y el sepelio de un asegurado.

Subsidio por lactancia en EsSalud

La lactancia materna es crucial para el desarrollo y crecimiento saludable de los recién nacidos, ya que les proporciona los nutrientes necesarios y los protege contra diversas enfermedades. Por esta razón, el Seguro Social de Salud brinda un apoyo económico a las mujeres embarazadas o que acaban de dar a luz, siempre y cuando sean aseguradas titulares.

Este pago es único y asciende a S/820 por cada lactante. En caso de partos múltiples, la subvención se otorga por cada niño de manera individual. Por ejemplo, si la madre tiene gemelos, recibirá un total de S/1.640.

Requisitos para acceder

  1. El bebé debe ser hijo de un asegurado titular de EsSalud. De igual forma, si la madre del lactante no es asegurada titular, deberá estar inscrita en el Seguro Social.
  2. Contar con un historial de aportes que abarque tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos durante los seis meses previos al periodo del parto.
  3. El asegurado titular debe contar con al menos tres meses de aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses anteriores al parto.
  4. Mantener vínculo laboral al momento del nacimiento.
  5. Contar con la documentación que acredite el vínculo con el recién nacido (DNI de la madre y del niño).
  6. Completar y firmar el formulario 1040, junto con presentar el documento de identidad original.
  7. Si el lactante fallece, debe efectuarse la inscripción póstuma.

Subsidio por maternidad

El subsidio por maternidad compensa la pérdida de ingresos durante el periodo de alumbramiento y cuidado del recién nacido, abarcando 98 días y comenzando 49 días antes de la fecha probable de parto. El monto se calcula basándose en el promedio diario de las remuneraciones de los últimos 12 meses calendarios previos al mes del inicio de la contingencia, multiplicado por el número de días del descanso médico.

Requisitos y cómo acceder

  • La asegurada debe tener al menos tres meses de aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses anteriores al inicio del descanso por maternidad.
  • Mantener un vínculo laboral tanto al inicio como durante el periodo del subsidio.
  • Presentar el certificado de descanso médico por maternidad emitido por el médico tratante de EsSalud.

Prestación por sepelio

El subsidio por sepelio del Seguro Social de Salud está diseñado para ayudar a las familias de los asegurados fallecidos a cubrir los gastos funerarios. En ese sentido, EsSalud otorga hasta S/ 2.070 para este fin, asegurando que los beneficiarios directos no enfrenten dificultades financieras adicionales en momentos de pérdida.

¿Cómo acceder al seguro de sepelio?

  1. El asegurado debe haber tenido al menos tres meses de aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses anteriores al fallecimiento.
  2. Presentar el certificado de defunción del asegurado.
  3. Completar y firmar el formulario 1040.
  4. Presentar comprobantes de pago originales por los gastos funerarios, los cuales deben hacer referencia al nombre del asegurado fallecido y estar emitidos a nombre del familiar o tercero que realizó el desembolso.
  5. Los comprobantes de pago deben llevar el sello que indique “Comprobante de Pago para Uso Exclusivo por EsSalud”.
  6. En caso de que los gastos sean asumidos por un tercero, se debe contar con una Declaración Jurada del familiar que reconozca dicho desembolso.
  7. Proveer la documentación que acredite la relación del solicitante con el fallecido (DNI y partida de defunción).

Subsidio por incapacidad temporal

El subsidio por incapacidad temporal está destinado para compensar la pérdida de ingresos debido a la imposibilidad de trabajar por problemas de salud. Este beneficio se puede utilizar a partir del día 21 de incapacidad, con un máximo de 11 meses y 10 días consecutivos.

El monto del subsidio se calcula en función del promedio diario de las remuneraciones de los cuatro meses anteriores al inicio de la incapacidad. Si el asegurado tiene menos de cuatro meses de afiliación, el promedio se basa en el tiempo asegurado.

Requisitos y cómo acceder

  • El asegurado debe haber aportado al menos tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al inicio de la incapacidad.
  • Asegurados pesqueros independientes deben contar con dos aportes consecutivos o en los seis meses anteriores de la incapacidad. 
  • En caso de accidente, la afiliación es suficiente.
  • Completar y firmar el formulario 1040.
  • Llenar los datos en el formulario de los certificados médicos particulares durante los primeros 20 días de incapacidad, asegurándose de que estén completos y legibles.
  • Mostrar el DNI del asegurado o del representante legal de la entidad empleadora en caso de pago directo, a menos que cuente con Registro de Firmas en EsSalud.