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Economía

Día de la Mujer: Descubre los derechos laborales que tienes como madre trabajadora en Perú

En el Día Internacional de la Mujer, te contamos qué derechos laborales tienes si eres madre y trabajas en el sector público o privado. Recuerda que también puedes pedir licencias con goce de haber.

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Según el INEI, las mujeres en nuestro país perciben hasta S/468 menos que los varones. Foto: Andina

En nuestro país, las mujeres se enfrentan a diversas barreras económicas que se agudizan en periodos de recesión o de bajo crecimiento del producto bruto interno (PBI). Muchas de ellas están sometidas a situaciones de precariedad, trabajos mal remunerados o desempleo. Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática, la incidencia del empleo informal entre las mujeres peruanas asciende a 75,8%.

Asimismo, de las más de 8 millones de madres que hay en nuestro país, el 31,7% están desocupadas y 68,3% de ellas integran la población económicamente activa (PEA). Por esa razón, es fundamental que todas las progenitoras conozcan sus derechos, las licencias con goce de haber que pueden solicitar y los mecanismos para denunciar un caso de incumplimiento laboral. Revisa todos los detalles a propósito del Día Internacional de la Mujer.

Día de la Mujer: ¿cuáles son los derechos laborales de las madres trabajadoras?

En los últimos años se ha registrado un aumento en la regulación legislativa para proteger a las mujeres que trabajan en el Perú. Sin embargo, esto resulta insuficiente para garantizar el respeto a sus derechos laborales, ya que aún existen prácticas de discriminación o violencia en el trabajo. Para abordar con más detenimiento la situación de empleabilidad de las mujeres en nuestro país y en especial de las madres, conversamos con Pamela Duffy, socia del área laboral de Dentons Perú.

"Necesitamos reducir la informalidad en el trabajo. Más del 70% de los peruanos tiene un empleo informal y la tasa de empleabilidad en el caso de las mujeres es muy alta. Del 100% de mujeres trabajadoras, aproximadamente, el 75% cuenta con un trabajo informal, que es sinónimo de precariedad, porque no está registrado y no cuenta con cobertura ni protección social", explicó.

De igual forma, la abogada laboralista detalló cuáles son las normas que brindan una protección especial a las madres trabajadoras:

Derecho a la lactancia materna

Según la Ley 27240, las madres trabajadoras tienen derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga 1 año de edad, lo cual es independiente del tiempo del uso del lactario institucional durante el horario de trabajo. En ese sentido, todas las instituciones del sector público y privado donde laboren al menos 20 mujeres en edad fértil deben implementar un espacio adecuado dentro del centro de labores para que las madres trabajadoras extraigan su leche materna y aseguren su adecuada conservación.

Descanso pre- y posnatal

Según lo establecido en la Ley 30367, las mujeres trabajadoras tienen derecho a 49 días de descanso prenatal y otros 49 días de posnatal, los cuales pueden ser tomados de forma diferida, parcial o total. Todo depende de la decisión de la madre, quien debe avisar a su empleador con una antelación no menor a dos meses antes de la fecha del parto.

Protección contra el despido nulo

El despido de una trabajadora es nulo cuando sea por motivos de discriminación de su sexo, debido a su estado de gestación, nacimiento de su hijo o durante el periodo de lactancia. Todo ello está establecido en el artículo 6 de la Ley 30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.

Protección a la mujer gestante en situaciones de riesgo

De acuerdo con la Ley 31051, que amplía las medidas de protección laboral para mujeres gestantes, el empleador está obligado a asignarles labores que no pongan en riesgo su salud o el desarrollo normal del feto. Además, deberán retornarlas a sus labores ordinarias cuando desaparezcan las situaciones de riesgo que motivaron el cambio de puesto. Finalmente, tiene que implementar medidas necesarias para evitar la exposición de estas trabajadoras gestantes o en etapa de lactancia a labores peligrosas.

¿Qué licencias remuneradas pueden solicitar las madres trabajadoras?

De acuerdo con Pamela Duffy, de Dentons Perú, estas son las licencias laborales que pueden solicitar las madres trabajadoras del Perú:

Licencia por maternidad

Las trabajadoras que son madres de familia tienen derecho a gozar de un periodo de descanso remunerado debido al nacimiento de su hijo/a. Su duración, según lo establecido en la Ley 26644, es de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso posnatal, y se puede extender a 30 días más en caso de parto múltiple o el nacimiento de niños con discapacidad.

En el caso de las aseguradas en EsSalud, tienen derecho a un subsidio que se le entrega a la madre del recién nacido y que equivale a S/820 por lactante. Cuando se produce un parto múltiple, la subvención se otorga de manera individual. Es decir, si hablamos del nacimiento de gemelos, corresponde un bono de S/1.640.

Licencia por adopción

La mujer trabajadora que quiere ser madre tiene derecho a una licencia con goce de haber correspondiente a 30 días naturales, siempre que el niño a ser adoptado no tenga más de 12 años de edad.

Licencia para trabajadoras a cargo de un menor con cáncer

La Ley 31041 otorga de forma extraordinaria y única el derecho de obtener una licencia remunerada por un periodo de hasta un año cuando la trabajadora tenga la responsabilidad de cuidar a un hijo, niño o adolescente menor de 18 años que haya sido diagnosticado con cáncer por un médico especialista.