Tras salir a la luz denuncias contra la empresa de call center GSS por hostigamiento laboral, al condicionar a sus trabajadores a tomar el refrigerio según las ventas realizadas, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recuerda a los ciudadanos que estos actos deben ser denunciados.
Asimismo, los empleadores o coordinadores tienen la responsabilidad de garantizar que haya un buen ambiente laboral y que se respete el horario de refrigerio, un derecho que no debe ser negado.
De acuerdo con la norma, los empleados tienen derecho a tomar un refrigerio de 45 minutos que no forma parte de la jornada y horario de trabajo. Esto solo puede variar si existe un convenio colectivo que disponga algo diferente. De no ser el caso, ningún empleador puede excluir al trabajador de su descanso.
Además, levantar la voz o agredir verbal o físicamente a un empleado también se considera un acto de hostilidad laboral.
Si un ciudadano es víctima de hostilidad laboral, puede presentar su reclamo por medio del área de Recursos Humanos de su entidad, que debe resolver el caso en un plazo de seis días.
Si las agresiones continúan, se puede formular una denuncia ante la Sunafil. Para ello, se debe ingresar al sitio web del Gobierno titulado 'Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada' y completar las consultas.
Es importante señalar que el trabajador debe colocar el número de RUC de la empresa, que servirá para identificar al empleador cuando se abra una Orden de Inspección, así como para la posterior investigación. Igualmente, se puede adjuntar mensajes de texto, capturas de pantalla, entre otros, en los que se verifique este tipo de violencia en agravio del trabajador o de su familiar.