Fonavi: Congreso da luz verde a los pagos parciales para exaportantes
Para la devolución se dará prioridad a los mayores de 60 años, a los discapacitados y a quienes padezcan de alguna enfermedad grave, según la autógrafa aprobada por el Pleno.
El Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 12 de octubre, con 94 votos a favor, un nuevo texto de la autógrafa observada por el Poder Ejecutivo, el cual busca viabilizar la devolución de los aportes al Fonavi con cargo a una posterior cancelación de la deuda total. Se calcula que 1,8 millones de personas se podrán beneficiar en el corto plazo si se promulga la norma.
“La comisión ad hoc está autorizada para realizar pagos a cuenta a favor del fonavista, sin limitar su derecho de recibir un monto adicional, en tanto se acrediten mayores aportaciones”, se precisa en el nuevo texto.
Además, para la devolución se dará prioridad a los mayores de 60 años, a los registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a quienes tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos. En caso de no contar con la documentación necesaria que sustente el periodo de los aportes, pero que se tenga evidencia que trabajó durante el periodo de las aportaciones, la Comisión ad hoc podrá realizar el cálculo, explicó el congresista José Luna Gálvez (Podemos Perú).
Desde el Congreso se viene impulsado esta iniciativa para dar inicio a la devolución de los más de S/2.000 millones con los que hoy se cuenta. Cabe preciar que al agotarse estos recursos entre los fonavistas, el Ejecutivo deberá transferir S/50 millones que se aprobaron como parte del presupuesto público de este año a cuenta de la deuda total.
¿Qué falta para que se aprueben los pagos parciales?
En agosto el Gobierno de Dina Boluarte cuestionó esta propuesta y envió sus observaciones al Congreso. La Comisión de Economía revisó los planteamientos y elaboró un nuevo texto de la autógrafa recaída en los proyectos de ley 696/2021-CR y 4702/2022-CR. Por lo tanto el documento deberá ser enviado al Ejecutivo, que tendrá 15 días hábiles para publicarlo de forma oficial o volverlo a observar.