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Economía

Vecinos morosos serán reportados en centrales de riesgo: ¿en qué consiste y cuándo entraría en vigencia?

Propuesta pone bajo la lupa a vecinos o inquilinos deudores. Con la aprobación de esta ley, las juntas de propietarios podrán tomar acciones en el registro nacional de morosos y centrales de riesgo.



Decreto aprobado en Consejo de Ministros se publicaría en los próximos días. Foto: composición LR/Andina/Adiperu

"Por un vecino supermoroso nos subieron la cuota de mantenimiento a todos en mi condominio", es la queja de Pilar Paniagua Rojas, quien relata que se vio perjudicada junto a varios residentes de una vivienda multifamiliar del Callao, frente al constante incumplimiento de pago de un vecino que arrastraba deudas internas del edificio. "Primero pagábamos S/60, luego por algunos morosos nos subieron a S/90 y ahora estamos pagando S/140", indica.

Así como este caso, existen miles que padecen de un problema similar. Sin embargo, esta situación podría cambiar con la aprobación de un decreto legislativo a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Este establece la creación de un padrón de vecinos morosos en el pago de mantenimiento y multas, que estará vinculado a las centrales de riesgo.

De acuerdo con el viceministro de Vivienda y Urbanismo, Hernán Navarro, se ha identificado una serie de razones que generan la necesidad de implementar una ley relacionada con problemas de convivencia. "Por ejemplo, ruidos molestos, incumplimiento en el pago de cuotas, respeto a espacios comunes, entre otros", apuntó en entrevista con RPP.

"Lo que se quiere es crear el registro nacional de deudores y que la junta de propietarios pueda definir en su reglamento que si un vecino no paga su cuota de mantenimiento puede ser enviado a este registro de morosos y reportado a las centrales de riesgo", explicó.

Reglamentación para crear padrón de vecinos morosos se presentaría en agosto. Foto: Andina

Reglamento de junta de propietarios sin sustento legal

Navarro refirió que la ley pretende darle herramientas a la junta de propietarios para hacer cumplir su propio reglamento interno que a la fecha carece de sustento legal. Para ello, deben actualizar una legislación que data de 1999 sobre la propiedad en edificios y condominios, y "que con el pasar de los años, ha habido muchos cambios en cuanto a cómo han ido creciendo las ciudades".

Según señaló el funcionario del MVCS, cada junta de propietarios establecerá sus propias reglas de juego, y que de ser incumplidas se cobrara una mora o penalidad para luego ir al registro nacional de morosos.

¿Desde cuándo regiría?

Según consignó el área de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda a La República, el decreto legislativo aprobado este miércoles 24 de mayo en Consejo de Ministros se publicaría en los próximos días.

Pero, para que la ley empiece a regir, antes se debe reglamentar. Según Navarro, el DL les da como plazo hasta 180 días, por lo que calculan aprobarlo en agosto. "Estamos haciendo el esfuerzo para tenerlo listo en tres meses máximo", sostuvo.

¿Qué establecerá el reglamento? Incluye todos los formatos de conformación de una junta de propietarios, condiciones mínimas y una serie de documentos útiles. Sin embargo, el viceministro apuntó que para poder acogerse a los beneficios, la asociación de vecinos debe formalizarse y registrarse en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).

"Vamos a poner los criterios importantes que se requieren para una convivencia, pero somos muy cuidadosos en no establecer rangos o valores (multas) porque eso depende de cada caso. Cada condominio tiene su particularidad", subrayó.

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