Este jueves 30 de marzo se conmemora el Día Internacional de las Trabajadoras del hogar y, de acuerdo a la Ley 31047, promulgada en el año 2020, este es un feriado no laborable y remunerado. Además, en el Perú, las personas que realizan esta actividad deben contar con un contrato de trabajo y debe ser registrado en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
En el país hay alrededor de 400.000 trabajadores del hogar, de los cuales el 96% son mujeres, según el Ministerio del Interior. La mayoría tiene entre 30 y 44 años (32,6%), mientras que la mitad del total viven en Lima y el resto en las otras regiones del país. Además, el 86% tiene un contrato laboral verbal.
Solo 4.682 trabajadoras del hogar están afiliadas a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) hasta el octubre del 2022. Esta cifra revela que solo 1 de cada 100 trabajadoras contaría con una jubilación en su vejez, según la Federación Nacional de Trabajadoras del Hogar Remuneradas del Perú (Fentrahogarp).
Las trabajadoras del hogar tienen derecho a un contrato en el que se reconozca su labor como un empleo formal y en el que se establezcan todos los detalles de la relación con el empleador. Cecilia Vargas, socia de Derecho Laboral de CMS Grau, precisa que el régimen de las trabajadoras del hogar se aplica a la contratación de personas que realicen actividades propias del mantenimiento del hogar y conservación de la casa o habitación.
El documento debe realizarse por escrito en cualquiera de sus modalidades, es decir, a plazo indeterminado o determinado. Además, lo primero que debe precisar un contrato para las trabajadoras del hogar son los datos personales de la parte empleadora y la parte trabajadora.
Se debe consignar claramente la fecha de inicio de la relación, forma de la prestación, es decir, con residencia o sin residencia, así como las labores que debe ejecutar la parte contratada (limpieza, cocina, lavado y planchado) y el lugar de la prestación del servicio. Además, las condiciones de trabajo deben ser específicas, como la dotación de alimentos, uso de uniforme, lo relativo al alojamiento, entre otros.
“Es necesario también precisar el monto, oportunidad y medio de pago de los ingresos y, de ser necesario, incluir el número de cuenta bancaria, así como jornada, horario de trabajo y descanso semanal, los beneficios sociales y de seguridad social”, puntualiza Cecilia Vargas.