
Mediante un comunicado, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó sobre la publicación del segundo listado de clientes para la devolución de depósitos que no están cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) y que excedieron la mencionada cobertura.
Los mismos que corresponden al orden de prelación B del artículo 117 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702.
Estas devoluciones se realizarán con recursos de la liquidación y cubrirán a los depósitos que superen los 62.036 soles. La lista se puede revisar en el siguiente link: https://tinyurl.com/w5fzl7c.
Asimismo, las personas naturales y jurídicas incluidas en este listado podrán acercarse a cualquier de las agencias y oficinas del Banco de Crédito del Perú (BCP).
Las personas naturales deberán presentar su DNI u otro documento oficial de identidad.
La devolución de depósitos a personas jurídicas se realizará mediante cheque de gerencia. Para dicho fin deberán cumplir con los requisitos establecidos por el BCP.
Cabe agregar que dicha devolución no está sujeta a ninguna comisión o costo, ni es necesario contratar los servicios de tramitadores; el trámite es absolutamente gratuito.





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