
A través de un comunicado, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó que aquellas personas con deudas pendientes podrán realizar el pago de sus créditos a partir del martes 17 de diciembre de 2019, a través de las siguientes entidades y utilizando los códigos señalados:
Entidades financieras en las que se podrá realizar los pagos.
En el caso de deudas de empresas, estas podrán realizar sus pagos a través de las cuentas recaudadoras de bancos con las que venían operando.
Asimismo, la entidad señaló que no se han generado intereses y/o penalidades para las cuotas vencidas o por vencer desde el 12 de diciembre del 2019 (fecha de la intervención) hasta el 17 de diciembre del 2019 (fecha en la que se pone a disposición los canales de pago).
Por último, la SBS recomienda mantenerse al día con las obligaciones con el fin de evitar penalidades y ser reportados por deudas vencidas en las centrales de riesgo.





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