La Comisión de Economía del Congreso aprobó, finalmente, Ley que establece el retiro de hasta 17.600 soles (4 UIT) a todos los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (AFP). Ello busca generar algún tipo de apoyo económico ante la crisis generada por la pandemia de la COVID-19.
La norma plantea que las personas afiliadas podrán presentar la solicitud de retiro dentro de los 90 días calendario posteriores a la publicación del reglamento. El pago se realizará en tres partes, cada depósito constará de hasta 4.400 soles (1 UIT) y será como mínimo cada 30 días. Tras los dos primeros desembolsos, el resto será depositado en la tercera entrega.
Ahora que la ley está publicada en el Diario El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá determinar el procedimiento operativo. Por si aún no sabes si formas parte del Sistema Privado de Pensiones o a qué AFP, perteneces, te explicamos los medios por los que puedes resolver tu duda.
Si formas parte del Sistema de Privado de Pensiones, es muy probable que pertenezcas a la AFP que ganó la licitación al momento de tu afiliación. Para despejar tus dudas, solo necesitas consultarlo en la web de la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú.
Si hasta el momento no sabes a qué AFP perteneces, deberás seguir los siguientes pasos:
Así luce la plataforma para saber a qué AFP perteneces
En el Perú existen cuatro AFP. Estas se encargan de administrar los aportes de los afiliados (10% de sueldo bruto mensual). Ese dinero está registrado en una cuenta individual para que en el futuro accedan a una pensión de jubilación.
La autógrafa de Ley, aprobada en el Congreso, establece el retiro de hasta 17.600 soles (4 UIT) a todos los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (AFP). Tiene la finalidad de brindar un apoyo económico ante la crisis generada por la pandemia.
Según la norma, el procedimiento se desarrollará a través de una solicitud de forma remota, presencial o virtual y por única vez dentro de los 90 días calendarios, tras la publicación del reglamento.
Además, se abonará hasta una UIT cada 30 días calendarios, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la AFP del afiliado; ello es aplicable hasta el segundo desembolso.
En el caso que el afiliado desee dejar de retirar el fondo de su cuenta individual, podrá solicitarlo por única vez a la AFP diez días antes del desembolso.
Todo nuevo trabajador en planilla debe decidir entre aportar a una AFP o a la ONP. Para realizar una buena elección la persona debe tener claro las diferencias entre estos dos sistemas de pensiones.
La AFP se basa en el sistema de capitalización individual; es decir, tus aportes van a una cuenta a tu nombre, donde construyes tu fondo de pensiones a lo largo de los años. Este fondo se compone de tus aportes y la rentabilidad que hayan generado.
Por otro lado, en la ONP aportas a un fondo común, el cual financia las pensiones de los jubilados actuales (sistema de reparto). Bajo ese principio, cuando te jubiles, tu pensión saldrá del fondo construido por los aportantes de ese momento.
Si decides por la ONP, deberás llegar a la edad de jubilación (65 años) y haber aportado por 20 años para gozar de una pensión. En cambio en una AFP no existe tiempo mínimo de aportes a realizar para gozar de una pensión.
A nivel de descuentos, en la ONP es el 13% de la remuneración, mientras que en las AFP es alrededor de 12% (10% para el fondo individual y cerca de 2% entre las comisiones de la AFP y seguro).