
Hace algunas semanas, un programa de espectáculos publicó los comprobantes de pago de un hotel para demostrar que dos personajes públicos -Óscar del Portal y Fiorella Méndez- sostenían un romance clandestino. Estos recibos tenían información personal de los involucrados como sus nombres completos y números de documento de identidad.
Ante ello surgió la interrogante sobre si es obligatorio incluir este tipo de información en las boletas de pago de los hoteles y/o servicios de alojamiento. Por ello, La República se comunicó con Carlos Caro para despejar esta y otras dudas que surjan sobre este tema.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, en el artículo 8 del capítulo III del Reglamento de Pago, establece que solo en el caso de las boletas de venta que superen la suma de 700 soles, será necesario incluir los nombres y apellidos del usuario además del tipo y documento de identidad.
Según el abogado penalista Carlos Caro, este tipo de comunicación no se puede difundir a terceros. “Estamos hablando de comprobantes de pago que están sujetos al Código Tributario. Dicha información está incluida en el derecho a la reserva tributaria”, señaló. Asimismo, el letrado indicó que la única forma de dar a conocer estas boletas es con una orden de un juez.
Caro señaló que un hotel u otro negocio no puede divulgar los comprobantes de pago de un usuario. “Hacer esto significaría una violación a la intimidad o la difusión de datos personales, lo cual es un delito”, aseguró.
El penalista consultado señaló que los delitos contra la intimidad son castigados hasta con pena privativa de la libertad no mayor de dos años. Por su parte, la violación a la reserva tributaria también tiene una pena máxima de dos años de cárcel.
En 2011, el Congreso de la República promulgó la Ley N.° 29733, mejor conocida como la Ley de Protección de Datos Personales. El artículo 5 establece que para el tratamiento de datos personales es imprescindible el consentimiento del titular. Esta aprobación debe ser previamente informada por escrito. Carlos Caro indicó que los infractores a esta norma serían sancionados por Sunat con penas pecuniarias, es decir, el pago de una multa al Estado.





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