Minjus evalúa reducir población carcelaria con campaña dirigida a presos por deuda de alimentos
La exministra de Justicia, Delia Muñoz, señaló que el delito de omisión de asistencia familiar es primario y no debería implicar prisión. Además, advirtió que en las cárceles hay más de 100.000 personas privadas de libertad y muchas de ellas no comen.
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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) evalúa ofrecer asistencia legal gratuita a unos 5,000 internos sentenciados por omisión de asistencia familiar, como parte de una estrategia para reducir la sobrepoblación en las cárceles.
El ministro de Justicia, Juan Alcántara, advirtió que mantener en prisión a quienes no cumplen con el pago de la pensión de alimentos genera un círculo vicioso. “Tenemos a cinco mil personas internados en el penal por el delito de omisión de asistencia familiar. Eso es un círculo vicioso porque una persona que debe para pagar una pensión alimenticia y sin embargo ingresa al penal, es imposible que lo pague”.
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Población carcelaria
Sobre el tema, la exministra de Justicia, Delia Muñoz, señaló que actualmente hay cerca de 100.000 personas privadas de libertad, y muchas de ellas ni siquiera tienen acceso a una alimentación adecuada. Además, advirtió que cerca de 30.000 internos están procesados por robo agravado y tentativa de robo.
Ante este panorama, sostuvo que el delito de omisión de asistencia familiar es de carácter primario y no debería conllevar prisión, ya que impide que los condenados puedan generar ingresos y aportar económicamente a sus hijos.
Finalmente, pidió que se retome la construcción de nuevos establecimientos penitenciarios. “Hace varios años no se construyen nuevos penales, y se necesita infraestructura adecuada para poder trasladar a los internos”, afirmó.

MInisterio de Justicia evalúa liberar a los sentenciados por no pagar pensión de alimentos para recudir hacinamiento penitenciario.
Apoyo legal a internos
Como parte de su estrategia, el Minjusdh implementará una campaña nacional de asesoría legal gratuita, con el objetivo de revisar caso por caso y facilitar el acceso a beneficios penitenciarios o a medidas alternativas a la cárcel.
Cabe señalar que el artículo 149 del Código Penal sanciona con hasta tres años de prisión para quienes incumplen con el pago de la pensión alimentaria. Sin embargo, desde el Ejecutivo se plantea la necesidad de replantear este enfoque, ya que en la práctica la sanción no garantiza que los hijos reciban la manutención que les corresponde.























