Empresas de agua devolverán pago por días en que no se tenga servicio
Norma aprobada por el Congreso obliga a compañías a reconocer a usuarios los días que se suspenda el suministro por cortes injustificados.
El Pleno del Congreso aprobó una ley que establece que, cuando haya una interrupción injustificada del servicio de agua potable y alcantarillado, la empresa prestadora deberá devolver el pago hecho por el usuario y compensarlo de manera proporcional al daño.
La iniciativa impulsada por la Comisión de Defensa del Consumidor obtuvo un total de 90 votos a favor, uno en contra y cinco abstenciones en la sesión de ayer jueves.
El presidente del referido grupo de trabajo, Manuel García (APP), señaló para este fin se modificará el decreto legislativo n°. 1280, que regula la prestación de los servicios de agua y alcantarillado en el país.
García señaló que en el reglamento del DL 1280 se indica que es obligatorio para las empresas prestadoras del servicio de saneamiento contar con una póliza de seguros para cubrir cualquier daño que podrían sufrir los usuarios. Sin embargo -añadió- “dicha póliza no contempla las interrupciones injustificadas”.
Con y sin medidores
“La propuesta contempla tanto a aquellos que cuentan con micromedidores del servicio de agua potable y aquellos que no los tienen. Esto representa alrededor del 65% de la población”, sostuvo el parlamentario.
A su turno, el legislador Elías Varas Meléndez (JP-VP), autor de la propuesta de ley, sostuvo que la iniciativa busca compensar al usuario.
“Si no recibimos el servicio, en el mes siguiente se va a dar un descuento en el recibo facturado. Es una compensación por el servicio de agua que no recibimos”, precisó.❖