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Sociedad

COVID-19: ¿cuáles son las restricciones para Lima y Callao este sábado 27 y domingo 28?

La pandemia del coronavirus continúa. Conoce cuáles son las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para evitar más contagios en estas épocas navideñas.

Hasta el 1 de septiembre se registró el fallecimiento de 28 pacientes con COVID-19. Foto: La República
Hasta el 1 de septiembre se registró el fallecimiento de 28 pacientes con COVID-19. Foto: La República

A través del Decreto Supremo 168-2021-PCM, el Gobierno dispuso nuevas medidas para evitar la exposición de más peruanos al contagio de la COVID-19. Las restricciones ya comenzaron a regir desde el 15 de noviembre y permanecerán vigentes hasta el domingo 28 de noviembre.

Luego de realizar una evaluación de la situación sanitaria, las autoridades del sector salud decidieron que todas las provincias del país, excepto siete que permanecen con nivel de alerta alto, sean posicionadas en el nivel de alerta moderado; Lima y Callao se encuentran en esta categoría.

Toque de queda

El toque de queda o inmovilización social obligatoria en Lima y Callao sigue con el horario de 2.00 a. m. hasta las 4.00 a. m. de la madrugada.

Además, los autos particulares sí podrán circular los fines de semana, mientras que el transporte interprovincial funcionará con normalidad. Las facilidades de movilización también se darán para quienes tienen programadas la aplicación de dosis de la vacuna contra el coronavirus.

Transporte interprovincial

El transporte interprovincial terrestre continúa funcionando de forma libre en Lima y Callao, con un aforo del 100%, según indicó el Ministerio de Transportes.

Los mayores de 45 años que deseen viajar vía terrestre en el ámbito nacional, tendrán que presentar su carné de vacunación completa.

Carné de vacunación obligatorio

A partir del próximo 15 de diciembre, todos los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados, deberán acreditar su vacunación completa con el carné de vacunación físico o virtual.

Las empresas podrán operar de manera presencial solo si todos sus colaboradores se encuentran inmunizados Por otro lado, los choferes y cobradores del transporte público, así como los conductores que brindan servicio de delivery, podrán continuar sus labores solo si acreditan sus dosis completas de vacunación.