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Sociedad

Contraloría detectó más de S/ 3,5 millones de morosidad de inquilinos de SBCh

El ente de control, también identificó que los arrendatarios no firmaron contrato con la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo.

La Contraloría pidió a presidente de SBCh tomar acciones administrativas. Foto: La República
La Contraloría pidió a presidente de SBCh tomar acciones administrativas. Foto: La República

La Contraloría General de la República detectó irregularidades en el arrendamiento de bienes e inmuebles de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo (SBCh). Señaló que esta situación generó un perjuicio económico a la entidad.

Con el Informe N° 003, con fecha 17 de mayo de 2021, el ente de control informó seis situaciones adversas que afectan los objetivos de la entidad y vulneran las disposiciones comunes aplicables a los procedimientos de arrendamiento.

En ese contexto, mencionó que la falta de cobranza de la merced conductiva origina una morosidad mayor a S/ 3,5 millones, lo que evita la recaudación de mayores recursos económicos y el cumplimiento de los fines institucionales.

Indicó que la deuda se registra desde el 2017 a la fecha con inquilinos y ex inquilinos del Edificio Dos de Mayo con S/ 546.920, bienes urbanos con más de S/ 1 millón, Edificio Pedro Lora con S/ 677.617 y Galería La Plazuela con S/ 1,2 millones.

No suscribieron contrato

Asimismo, los inquilinos no han suscrito contrato de arrendamiento, lo que origina riesgo en el cumplimiento de obligaciones.

El ente de control, señaló que este problema se identificó en la documentación contractual de una muestra de 29 inmuebles que derivó la Subgerencia de Gestión Inmobiliaria.

También se detectó que el arrendamiento de inmuebles se efectuó sin tener en cuenta una tasación a valor comercial, lo que perjudica la recaudación de más recursos.

Vulneración de la norma

Además, la SBCh arrendó de manera directa los bienes inmuebles, cuyo valor de renta aplica para una convocatoria pública.

Al mismo tiempo, verificó la falta de cumplimiento de las cláusulas del contrato, mientras la directiva interna para el arrendamiento no concuerda con la norma de bienes estatales.