Congreso aprueba retiro de la CTS
Sociedad

Juez Constitucional destituye del cargo a gobernador de Arequipa, Elmer Cáceres Llica

Decisión. Magistrado Luis Madariaga sustenta su decisión que en Elmer Cáceres no cumplió en implementar protocolo de salud para prevenir, diagnosticar y tratar casos COVID, demostrando así incapacidad. Mediante comunicado, Región dice que apelará y califica fallo como político.

el fallo. Juez considera que Elmer Cáceres no habría cumplido a cabalidad su labor, por lo que dispone su destitución del cargo.
el fallo. Juez considera que Elmer Cáceres no habría cumplido a cabalidad su labor, por lo que dispone su destitución del cargo.

El gobernador regional de Arequipa, Elmer Cáceres Llica, deberá dejar el cargo si la sentencia 38-2020, del juez del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar de la Corte de Justicia de Arequipa, Luis Madariaga Condori, es confirmada por la Sala Superior.

El magistrado dispuso que “ante el incumplimiento de implementar el protocolo de salud, el Gobernador Regional Elmer Cáceres Llica debe ser destituido, por haber incurrido en grave responsabilidad al incumplir sus funciones y evidenciar incapacidad para desempeñar eficientemente el cargo, al no asumir ni cumplir con la implementación oportuna del Protocolo denominado ‘Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID 19’”.

El retiro de Cáceres Llica del cargo está sustentado en el artículo 22 del Código Procesal Constitucional, donde se señala que ante el mandato del juez y la magnitud del agravio, se puede multar o destituir al responsable.

Lo que no hizo Cáceres

La sentencia contra Cáceres Llica se emite a raíz de la demanda de amparo interpuesta por el ciudadano Pool Alarcón Barrionuevo en contra de la autoridad regional. En la acción presentada el pasado 2 de abril, Alarcón solicitaba que se ordene al Gobierno Regional de Arequipa y a las autoridades del Ministerio de Salud, la implementación del protocolo de atención del coronavirus. Además, exigía que cumplan con sus funciones para evitar que vuelvan a suceder los hechos acontecidos en los hospitales de Arequipa.

En su sentencia, el magistrado Madariaga sostiene que el gobernador regional “tiene responsabilidad plena para implementar, capacitar, conducir, supervisar y monitorear las disposiciones del ‘Protocolo de prevención, diagnóstico y tratamiento de personas afectadas con el COVID-19’, que fue aprobado mediante resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA”.

Además señala que se ha comprobado el incumplimiento de la medida cautelar dispuesta por su despacho mediante resolución N°. 053 del 29 de mayo del 2020. Esta fue confirmada por la Sala Mixta de Emergencia de la Corte de Arequipa, el 9 de julio pasado. En ella se advierte, incluso con pruebas, que la cantidad de test para detectar el COVID-19 no fueron suficientes en la región.

También recoge los hechos sobre el fallecimiento de varios médicos que trabajaron en diferentes hospitales de Arequipa, quienes junto a personal asistencial de salud, reclamaron varias veces por la falta de implementación y distribución de equipos de protección contra el coronavirus.

De acuerdo al magistrado, estos hechos son una evidencia del incumplimiento de acciones relacionadas con los protocolos sanitarios dictados por el Ministerio de Salud.

En junio, el mismo juez impuso una multa de 6.450 soles a Cáceres Llica por haber desacatado la medida cautelar que le ordenaba cumplir con la ejecución de protocolos de prevención a personas contagiadas con la COVID-19.

La resolución que destituye a Cáceres Llica dispone que ocupe su cargo el vicegobernador Walter Gutiérrez. Este calificó de justa la medida.

Resaltó que Cáceres ya fue multado por este proceso. “Cuando la persona ha cometido errores significa que no ha cumplido los protocolos para en ese tiempo solucionar el problema (...) Se ha dado cuenta de los errores el juez”, declaró.

Nuevas pruebas

Arturo Salas, representante de Solidaria Perú, organismo incluido en la parte demandante contra el gobernador, mostró su satisfacción por la resolución emitida. Añadió que en la apelación que presente la Región, deberán demostrar lo que no pudieron en primera instancia, que es que cumplieron con la implementación de los protocolos en la pandemia. “Respondieron de manera genérica, que hicieron esto y aquello, pero no indicaron si cumplieron”, añadió.

Región califica sentencia como política

Mediante un comunicado, el gobierno regional se pronunció sobre la sentencia del juez Luis Madariaga. La calificaron de “inconstitucional e ilegal, ya que la Constitución Política del Perú establece en el Art. 142 que las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en materia electoral no son revisables en sede judicial... El gobernador ha sido declarado en tal condición mediante Resolución 3594-2018-JNE, por tanto, el Juzgado no tiene atribuciones para destituir de su cargo a una autoridad electa por voto popular”.

Agregan que se lamenta que dicha sentencia tenga un “carácter netamente político”, porque no se ajusta a lo establecido en la Carta Magna y la normativa electoral. “Asimismo, alertamos a la opinión pública que esta decisión inconstitucional, vulnera el Estado de Derecho y perjudica el equilibrio de poderes contemplados en la Constitución”.