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245 firmas de beneficiarios de canastas en Olmos difieren del padrón de Reniec

La Contraloría detectó presuntas irregularidades en el municipio distrital. Señaló que hecho adverso afecta la transparencia del proceso en la emergencia por coronavirus.

La Contraloria intervino en varias oportunidades en el caso de las canastas básicas en el municipio de Olmos. Foto: difusión
La Contraloria intervino en varias oportunidades en el caso de las canastas básicas en el municipio de Olmos. Foto: difusión

Coronavirus en Perú. Según el Informe n.° 016, la Contraloría General de la República detectó que la Municipalidad Distrital de Olmos, en el proceso de distribución de las canastas básicas, habría cometido irregularidades en lo que respecta a las firmas de los beneficiarios durante el estado de emergencia por la COVID-19.

De la revisión de la documentación, el ente de control identificó que las firmas consignadas en las actas de entrega de las canastas familiares difieren de las registradas en la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

En ese sentido, señaló que esta situación afecta la transparencia del proceso de su distribución directa a la población.

Cabe indicar que el ayuntamiento adquirió productos de primera necesidad en el marco del Decreto de Urgencia n.° 033-2020 publicado el 27 de marzo de 2020, que estableció medidas extraordinarias en materia económica y financiera para minimizar los efectos de la pandemia.

Presupuesto para alimentos

Es por eso que la comuna, con un presupuesto de S/ 200.000, compró arroz, azúcar, aceite, fideo, avena, grated de jurel, sal, arveja y lenteja serrana, los que distribuyó en 3 499 canastas para beneficiar a las familias en situación de vulnerabilidad.

Específicamente en el proceso de distribución de los productos de primera necesidad, la Contraloría verificó que 245 firmas consignadas en actas de entrega de canastas familiares COVID no son iguales a las registradas en la base de datos del Reniec.

En ese sentido, solicitó al alcalde, Javier Roque Anton, remitir en el plazo de cinco días el plan de acción a fin de subsanar las observaciones.

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