El nuevo proceso de licenciamiento que deberán seguir las universidades
La normativa, oficializada por el diario El Peruano, permite la participación de los centros de estudios con licencias denegadas o que han sido recientemente constituidos.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) aprobó, mediante la publicación de la Resolución N° 043-2020-SUNEDU/CD, el “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento” para universidades nuevas y para aquellas que la licencia les fue denegada.
Este proceso consta de nuevas exigencias para la autorización de funcionamiento, además de seis pasos a seguir. Según detalla la disposición, la casa de estudios deberá presentar la solicitud de licenciamiento, a través del Sistema de Información Universitaria (SIU).
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En cuanto a su información, esta debe contener, en una copia simple, lo siguiente: información relacionada a las condiciones básicas de calidad, presupuesto de la institución, sus locales o sedes, malla curricular, relación de talleres, entre otros detalles. La presentación formal de estos no implica, necesariamente, el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad para la prestación del servicio universitario.
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Los documentos oficiales o instrumentos normativos que presente la universidad también deben ser aprobados por la autoridad competente, según lo dispuesto en la Ley Universitaria.
Asimismo, la Dirección de Licenciamiento puede llevar a cabo diligencias de actuación probatoria, así como todos los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de la información.
Como resultado de la etapa de instrucción, esta misma área emite un informe técnico, el cual contiene la valoración del cumplimiento de las condiciones, componentes e indicadores establecidos en el presente reglamento.
En caso la opinión legal sea favorable, la Oficina de Asesoría Jurídica remite el expediente, junto al informe legal respectivo, a la Superintendencia. Finalmente en un plazo máximo de 30 días hábiles de elevado el expediente, el Consejo Directivo emite una resolución disponiendo la aprobación o denegación del otorgamiento de la licencia institucional.
Cabe precisar que el procedimiento de licenciamiento para universidades nuevas se tramita en el plazo máximo de 120 días hábiles.










































