PJ rechaza habeas corpus interpuesto contra el plaqueo en Arequipa
Medida presentada por un taxistas no logrará dejar sin efecto la ordenanza que prohíbe el ingreso de determinados taxis según su placa. Norma solo puede ser cuestionada ante el Tribunal Constitucional.
El intento de traerse abajo el proceso de plaqueo en Arequipa quedó trunco. El recurso de hábeas corpus presentado por Ángel Amadeo Corrales Laura contra esta medida no prosperó por decisión del magistrado Oscar Quillulla Puma del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte de Justicia de Arequipa.
El habeas corpus interpuesto buscaba dejar sin efecto la ordenanza 927 del 9 de setiembre del 2015, la cual restringe el ingreso de taxis al Centro Histórico de Arequipa, según su placa. Esto con el propósito de disminuir el tráfico vehicular y la contaminación en la zona.
De acuerdo al recurso presentado por el demandante, considera que el plaqueo restringe su derecho al libre tránsito. Según el documento, los choferes señalan que la norma fue aplicada sin efectuar los estudios necesarios que justifique esta medida restrictiva.
A pesar de estas observaciones a la norma, el juez Quillulla Puma rechazó la demanda argumentando que la ordenanza municipal en mención tiene carácter de ley y por ello solo puede ser cuestionada a través de una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Paralelamente, el magistrado Quillulla Puma explicó -en su resolución- que el habeas corpus no hace referencia a un hecho concreto que limite algún derecho personal del demandante. En el documento solo se explica que la ordenanza municipal restringe su libertad de tránsito.