El Tribunal Constitucional resolvió una acción de amparo en favor de los trabajadores y declaró un artículo del reglamento de la ley de descansos remunerados como inconstitucional. ,El Tribunal Constitucional emitió un fallo en materia laboral y decidió que el personal cuyo turno de trabajo efectivo empiece en día laborable y concluya en feriado no laborable debe ser compensado con una sobretasa del 100% o un descanso sustitutorio. En el fallo dispuso la inaplicación del artículo 8 del Reglamento de la Ley sobre los descansos remunerados de los trabajadores del régimen del a actividad privada. Los magistrados consideraron que dicho artículo es inconstitucional. PUEDES VER Bomberos recibirán pensión de gracia en caso de discapacidad o fallecimiento Para la sala constitucional, dicha norma afecta a la dignidad del trabajador y el principio de irrenunciabilidad de derechos laborales. Según la sentencia 4539-2012-PA/TC que resuelve el proceso de amparo, la referida norma jurídica generaba "un estado de cosas inconstitucional". El Tribunal Constitucional dispuso la anulación de las sanciones impuestas a los trabajadores que se negaron a trabajar en turno de día durante el feriado no laborable y dispuso que se paguen las sobretasas correspondientes.