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Política

Juicio a Keiko Fujimori por caso cócteles en manos de los jueces: ¿Qué decidirán el 19 de agosto?

Cuidado extremo. Juzgado Colegiado decidirá el lunes, 19 de agosto, hasta donde “amputará” la acusación y el juicio del caso cócteles. Fiscal dice solo al jurista Arsenio Oré. Abogados piden excluir a los 14 acusados por obstrucción a la justicia.

El Tercer Juzgado Penal Colegiado decidirá el lunes el futuro del caso cócteles
El Tercer Juzgado Penal Colegiado decidirá el lunes el futuro del caso cócteles

El juicio del caso cócteles se enfrenta a una severa amputación luego que el Tribunal Constitucional, en una sentencia de Amparo promovida por el catedrático Arsenio Oré, declaró nulas todas las disposiciones del fiscal José Domingo Pérez posteriores al 7 de enero de 2019 sobre el delito de obstrucción a la justicia.

Los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, Juana Mercedes Caballero, Nayko Coronado y Max Vengoa deben cumplir el veredicto del TC, lo que falta definir es qué tan drástico será el recorte, la amputación, la fragmentación del caso Cócteles y que quedará después de este mega proceso.

Para tomar una decisión, los jueces escucharon en la audiencia de este martes 13 de agosto la posición del fiscal Pérez, de 14 abogados y del representante de la procuraduría pública. Pero, eso no fue suficiente.

Revisión de las disposiciones

Los jueces le preguntaron al fiscal José Domingo Pérez sobre las disposiciones fiscales dictadas después de enero de 1919

Los jueces le preguntaron al fiscal José Domingo Pérez sobre las disposiciones fiscales dictadas después de enero de 1919

Tras varios minutos de deliberación los jueces postergaron su decisión hasta el lunes próximo, 19 de agosto, a partir de las 9:00 de la mañana. Antes, le preguntaron al fiscal cuáles eran las resoluciones o disposiciones tomadas después de enero de 2019.

La abogada Giulliana Loza recordó que en la resolución 93 del 11 de diciembre de 2018 se formalizó la investigación por obstrucción a la justicia, luego en las disposición 146 del 6 de diciembre de 2019 y en la 209 del 18 de diciembre de 2020 se ampliaron y precisaron los cargos contra Keiko Fujimori y otros por dicho delito.

Por lo cual, Caballero informó que antes de decidir revisaran la resolución del 7 de enero de 1919, del fiscal superior coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba que fue anulada por el TC y todos los actos fiscales subsiguientes y dependientes de dicha resolución.

Objetividad fiscal

En esa resolución, Vela concluyó que no había ningún impedimento legal para que Pérez investigue los presuntos actos de obstrucción a la justicia.

Sin embargo, casi seis años después, el TC concluyó que la participación de Pérez en esa investigación afecta el principio de objetividad, pues tiene directo interés en el resultado de la indagación.

Ante esta situación, anuló la resolución de Vela y le pide que se vuelva a pronunciar sobre la exclusión de José Domingo Pérez. En tanto, declara nulos “todos todos los actos fiscales subsiguientes y dependientes de la disposición fiscal superior”.

El debate lo inició el abogado Percy García Cavero al pedir que se cumpla la sentencia del TC y se excluya a Arsenio Oré del juicio, pues entre las disposiciones subsiguientes anuladas se encuentra la acusación por obstrucción a la justicia y el inicio del juicio.

A este pedido se unieron los abogados Giulliana Loza, Gerson Camarena, Cecilia Madrid, Humberto Abanto, Gonzalo del Río, Fanny Uchuya, entre otros.

Una sentencia para todos

Giulliana Loza pide la exclusión de Keiko Fujimori por obstrucción a la justicia

Giulliana Loza pide la exclusión de Keiko Fujimori por obstrucción a la justicia

Los abogados defensores pidieron que la exclusión incluya a todos los investigados y acusados por obstrucción a la justicia y por organización criminal para obstruir la justicia.

Argumentaron que si bien el TC analiza el caso de Oré Guardia, sus conclusiones se refieren a toda la investigación vinculada a obstrucción a la justicia y que, es una pérdida de tiempo y recursos, esperar que existan pronunciamiento similares por cada una de ellos.

Humberto Abanto recordó que desde la primera prisión preventiva advirtió que la participación de Pérez en dicha investigación afectaba el debido proceso, lo que recién seis años después ha reconocido el TC.

En su turno, el fiscal Pérez respondió que el Juzgado solo debía excluir a Arsenio Oré y que los demás acusados debían recurrir a los jueces constitucionales para pedir ser incluidos en la sentencia del TC. Esa posición fue apoyada por la Procuraduría del Estado.

¿Qué sucederá el lunes 19?

El abogado y catedrático Arsenio Oré Guardia será excluido del caso cócteles

El abogado y catedrático Arsenio Oré Guardia será excluido del caso cócteles

El Juzgado puede decidir acoger la posición del fiscal, pero se expone a que en unos días o semanas, los otros procesados obtengan sentencias similares, con lo cual solo habrá perdido tiempo y recursos.

La otra alternativa es acoger todo o solo una parte de la posición de los abogados. Si acepta lo máximo excluirá a todos los acusados por obstrucción a la justicia incluyendo lo relativo a crimen organizado. Lo mínimo, alcanzará únicamente a los seis abogados acusados de obstrucción a la justicia.

De acuerdo con fuentes judiciales, lo más probables es que el Juzgado Penal Colegiado excluya del juicio del caso cócteles a los abogados Arsenio Oré Guardia, Edward García Navarro, Luis Lazo Mendoza, Lorena Gamero Calero, Danae Calderón Castro y Giulliana Loza Ávalos, acusados de presunta obstrucción a la justicia. Ellos quedaran fuera del juicio definitivamente.

Juicio continuará por lavado y organización criminal

Luego, es posible que se retiren los cargos y toda referencia a obstrucción a la justicia contra Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari Mendoza, Ana Herz Garfias, Jaime Yoshiyama Tanaka, José Chlimper, Adriana Tarazona y Fuerza Popular.

Así, las audiencias del juicio proseguirán para Fujimori Higuchi y otros 33 acusados solo por delito de lavado de activos, organización criminal para cometer lavado de activos y por falsa declaración con falsedad genérica. Sobre este último delito, hay un pedido para que se declare su prescripción.