Política

Pedro Castillo apela prisión preventiva por 18 meses y pide comparecencia con restricciones

Defensa legal del golpista expresidente Pedro Castillo cuestiona, principalmente, que se le haya levantado el fuero sin seguir el procedimiento establecido en el Reglamento del Congreso.

Pedro Castillo se encuentra recluido en el Penal Barbadillo. Foto: La República
Pedro Castillo se encuentra recluido en el Penal Barbadillo. Foto: La República

El golpista expresidente Pedro Castillo apeló la orden de prisión preventiva por 18 meses que le impuso el juez supremo Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, y solicitó que se le dicte mandato de comparecencia con restricciones, en el marco de la investigación que se le sigue por los presuntos delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública a raíz del fallido golpe de Estado que intentó perpetrar el miércoles 7 de diciembre.

El recurso, al que accedió La República, fue interpuesto por el abogado Wilfredo Robles Rivera, quien asume la defensa legal del exmandatario tras las renuncias de Raúl Noblecilla y Ronald Atencio.

Robles Rivera alega que el juez supremo Checkley incurrió en un error al no verificar que se haya cumplido con el trámite del levantamiento de la prerrogativa de antejuicio político contra Castillo Terrones. Es decir, se acusó al exjefe de Estado sin que exista una denuncia constitucional de por medio.

Congreso levantó el fuero de Castillo sin seguir el procedimiento de acusación constitucional. Foto: La República

Congreso levantó el fuero de Castillo sin seguir el procedimiento de acusación constitucional. Foto: La República

El letrado también apunta contra el Congreso, al que acusa de violar el artículo 89 de su reglamento, que establece el procedimiento de acusación constitucional.

“El Congreso hizo sesión el domingo 11 de diciembre a horas 5.00 p. m., oficiando un acuerdo a Benavides Vargas que no es producto de un antejuicio político. El juez de investigación abdicó de su obligación de hacer un control de constitucionalidad para, cual encargo, cumplir con una consigna política: ¡Todos contra Pedro Castillo!, pisoteando la garantía de un debido proceso y convirtiendo el procedimiento de la prisión preventiva en una pantomima, en un acto de venganza política contra el procesado”, se lee en el texto.

Por ello, considera que la Fiscalía de la Nación “ha desplegado una actuación inconstitucional e ilegal” al haber formalizado la investigación preparatoria y haber requerido prisión preventiva contra Pedro Castillo, y que el juez Checkley “se ha sumado” a la supuesta arbitrariedad.

Juez. Magistrado Checkley ya se pronunció en resolución. Foto: difusión

Juez. Magistrado Checkley ya se pronunció en resolución. Foto: difusión

Defensa

Sobre la resolución impugnada, el abogado Wilfredo Robles insiste en que los hechos (el mensaje presidencial en el que Pedro Castillo anuncia el cierre unilateral del Congreso, la instalación de un gobierno de excepción y la intervención del sistema de justicia) “no reúnen los caracteres” de los delitos de rebelión, conspiración, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública.

Al igual que exabogados del exmandatario, Robles Rivera afirma que, en el caso de la presunta rebelión, “ninguna de las conductas insertadas en el requerimiento de la Fiscalía calza en el verbo rector ‘levantarse en armas’”.

“Tal vez por eso, tanto fiscal como juez, tratan de estirar el tipo penal de la manera más elástica posible y sustituyen ‘levantarse’ por ‘llamar’ a levantarse, con lo cual evidencian que a mi defendido lo incriminan pese a la ausencia del elemento objetivo del ‘levantamiento de armas’, simplemente para cumplir una consigna política de sus adversarios y así someterlo a una prisión arbitraria, todo el tiempo que les sea posible”, sostiene el letrado.

En ese sentido, el nuevo abogado de Pedro Castillo exhorta a la instancia superior a que “examine con mejor criterio” los argumentos de la defensa legal y revoque la prisión preventiva por 18 meses reformándola a comparecencia con restricciones.