Política

Poder Judicial ordenó excarcelar al exjefe de la DINI y al exgerente de Petroperú

Decisión. También al exasesor presidencial de inteligencia Henry Shimabukuro y al empresario petrolero Samir Abudayeh, porque Fiscalía no acreditó supuesto peligro de fuga.

exgerente general de Petro-Perú Hugo Chávez, el exjefe de la DINI José Fernández Latorre, el exasesor Henry Shimabukuro, y el empresario Samir Abudayeh. Foto: composición de Fabrizio Oviedo / La República
exgerente general de Petro-Perú Hugo Chávez, el exjefe de la DINI José Fernández Latorre, el exasesor Henry Shimabukuro, y el empresario Samir Abudayeh. Foto: composición de Fabrizio Oviedo / La República

La presidenta de la Primera Sala Penal de Apelaciones, Victoria Montoya Peraldo, comunicó a la coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, fiscal superior Marita Barreto, la decisión de revocar el mandato de detención y excarcelar al exjefe de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) José Fernández Latorre, el exasesor de inteligencia Henry Shimabukuro Guevara, el ex gerente general de Petroperú Hugo Chávez Arévalo y el empresario petrolero Samir Abudayeh Giha.

Los cuatro personajes fueron arrestados preliminarmente el viernes 25 de noviembre, bajo la imputación de pertenecer a una organización criminal presuntamente dirigida por el presidente Pedro Castillo.

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A Hugo Chávez y Samir Abudayeh se les acusó de haber manipulado una licitación para la compra de biodiésel B100 por US$84 millones, y a Fernández y Shimabukuro, de haber recibido órdenes del jefe del Estado para borrar evidencias que lo implicaban con dicha operación comercial.

Ni bien se produjo la captura de Fernández, Shimabukuro, Chávez y Abudayeh, sus abogados presentaron apelaciones contra la decisión judicial que disponía prisión preliminar a solicitud del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción.

Durante la audiencia convocada por la Primera Sala Penal de Apelaciones, los abogados de los detenidos argumentaron que la resolución judicial que ordenó la prisión preliminar carecía de motivación y no contaba con razones plausibles, tampoco acreditó la posibilidad de fuga o peligro procesal, y mucho menos sustentó el supuesto peligro de obstaculización y averiguación de la verdad.

La defensa de los investigados demostró que estos siempre concurrieron a las citaciones de los fiscales y que han expresado una conducta colaborativa en las investigaciones.

El colegiado no negó que “existan razones plausibles para investigar un delito, como ocurre en el presente caso”, sin embargo, “(esto) no autoriza automáticamente que se deba privar de la libertad a una persona, menos si la investigación preliminar se ha desarrollado por varios meses, si los imputados han estado concurriendo a las diligencias dispuestas por la Fiscalía”.

Los integrantes de la Sala indican en su resolución que el Equipo Especial acreditó los testimonios de colaboradores eficaces, quienes revelaron que al día siguiente de que los fiscales allanaron Palacio de Gobierno para obtener información sobre dicha adquisición de biodiésel B100, el mandatario Castillo convocó al jefe de la DINI, José Fernández, y al exasesor de inteligencia Henry Shimabukuro.

De acuerdo con el relato los testigos, el presidente Castillo ordenó al exjefe de la DINI comprar el silencio del exsecretario presidencial Bruno Pacheco Castillo, quien tenía conocimiento del presunto favorecimiento a Samir Abudayeh; y también dispuso destruir los celulares de los edecanes y los cuadernos de visitas, en los que supuestamente se registra información que vincula al jefe del Estado con Abudayeh.

Pero los jueces indicaron que se necesitaba la corroboración de tales afirmaciones para lograr la certeza de la investigación.

Por lo que la Primera Sala Penal de Apelaciones concluyó: “No se necesita detener a una persona para recibir su declaración, menos si dichas personas, como lo han manifestado en la audiencia de apelación, y no ha sido negado por el fiscal, han concurrido a las citaciones del Ministerio Público”, señala la resolución.

Sobre estos presupuestos, los miembros de la Primera Sala Penal de Apelaciones, Victoria Montoya Peraldo, Saúl Peña Farfán y Juan Carlos Sánchez Balbuena, resolvieron revocar el mandato de detención.

Presunción de inocencia

El exjefe de la DINI José Fernández Latorre alegó que los sucesos que se le imputan “no generan sospecha razonable ni lo vinculan con los hechos, vulnerándose su derecho a la presunción de inocencia”.

El empresario Samir Abudayeh afirmó que ordenaron su detención porque se reunió dos veces con el presidente Pedro Castillo, como si hubiera sido en secreto, cuando lo cierto es que nunca lo negó.

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