Dina Boluarte: la vez que su nuevo asesor Ernesto Blume afirmó que cometió infracción constitucional
La presidenta Dina Boluarte creó una "comisión consultiva" de constitucionalistas integrada por Ernesto Blume, José Luis Sardón, Óscar Urviola, Víctor García Toma y Carlos Hakansson.
La presidenta Dina Boluarte será asesorada por 10 expertos juristas luego de oficializar la creación de una "comisión consultiva" ad honorem de asesores en materia constitucional. La decisión de la jefa de Estado se tomó con la finalidad de que los especialistas colaboren en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia.
Entre sus integrantes se encuentra el expresidente del Tribunal Constitucional Ernesto Blume, quien en el 2022 presentó una ponencia, debatida y aprobada, para dejar sin efecto la resolución judicial que anulaba el indulto que recibió Alberto Fujimori, desconociendo la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Sin embargo, un hecho que también llama la atención es que Blume indicó que Dina Boluarte cometió una infracción constitucional por la firma de documentos como presidenta del consejo directivo del Club Departamental de Apurímac cuando ya ejercía un cargo público, tal como lo señala el reporte de la Contraloría General de la República.
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¿Qué dijo Ernesto Blume sobre Dina Boluarte?
En una entrevista de Canal N, el expresidente del TC dijo que "es claro" que Dina Boluarte incurrió en una "infracción por la suscripción de documentos del Club Departamental de Apurímac" cuando se desempeñaba como ministra de Desarrollo de Inclusión Social.
"Si uno revisa el extenso informe elaborado por la Contraloría General de la República, es claro que la doctora Boluarte ha incurrido en la infracción del artículo 126 al, específicamente, aparecer suscribiendo documentos e interviniendo en temas relacionados con el Club Departamental de Apurímac", expresó Blume en entrevista con Canal N.
En esa crítica, explicó que los ministros no pueden ejercer función pública, excepto legislativa, según el artículo 126 de la Constitución.
"Los ministros no pueden ser gestores de intereses propios o de terceros, ni ejercer actividad lucrativa, ni intervenir en la dirección y gestión de empresas ni asociaciones privadas (…). Desde mi particular punto de vista, es fundada la posición de la Contraloría General de la República", sostuvo.