Carlos Rivera, abogado de IDL, afirma que la denominación de terrorista sí le corresponde, Lori Berenson fue expulsada del Perú oficialmente el día miércoles 2 de diciembre. La ciudadana norteamericana cumplió una condena de 20 años por el delito de colaboración con el terrorismo, pero en un medio de Estados Unidos fue denominada como ‘activista’. PUEDES VER: Lori Berenson aún no considera al MRTA como movimiento terrorista Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), declaró para LaRepublica.pe que a Lori Berenson sí le corresponde la denominación de terrorista según la tipificación de los delitos de terrorismo. “Colaborador de terrorismo es una tipificación dentro de los delitos de terrorismo así que, técnicamente, sí corresponde decir que Lori Berenson fue terrorista y que, además no fue extraña al MRTA”. Berenson fue condenada en 1996 por el delito de colaboración con el terrorismo cuando se intervino su casa y se halló un gran arsenal en el cuarto piso. Ella también había ingresado al Congreso días antes con un pase de periodista acompañada de una 'fotógrafa', que era la esposa de Néstor Cerpa, líder del MRTA. “Hay una diferencia entre aquellos actos cometidos por alguien que no es parte del grupo terrorista, como financiamiento o alojamiento, y otra distinta la de alguien que era integrante del mismo. Lori Berenson era miembro del MRTA”, señala Carlos Rivera. La expulsión del Perú es una pena adicional que se le da a todos los extranjeros que son hallados culpables por delitos relacionados al terrorismo.