Advierten posible afectación del medio ambiente y salud. Funcionarios del MEM aceptan que confían en tecnología de empresas y niegan poner en riesgo ambiente.Eliminan estudio de impacto para exploración sísmica.,Francesca García D. El Reglamento Nacional de Hidrocarburos publicado el pasado 12 de noviembre corrobora un dato que generó polémica meses atrás, cuando el gobierno decidió eliminar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de la exploración sísmica en los lotes de petróleo y gas (salvo en zonas especiales de selva) y abrió la posibilidad de que las empresas presenten una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), un documento mucho más sencillo a diferencia del primero. Esta reglamentación –consensuada entre el Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio del Ambiente— posibilita a las empresas un trámite más “expeditivo y sencillo”, como lo indicó el titular de MEM, Eleodoro Mayorga. La nueva norma, en efecto, acelera el procedimiento para el inicio de la exploración y recorta de 150 días aproximadamente a 35 días para la aprobación del DIA. Esta decisión es interpretada como una peligrosa flexibilización del procedimiento ambiental a favor del empresariado por expertos en temas ambientales. “Abrir la posibilidad de un DIA en un ámbito geográfico, como el mar, costa y sierra, es algo que no debería ocurrir. No está bien enfocado, pues se corre el riesgo de un análisis no adecuado si se tiene en cuenta la diversidad de nuestras áreas”, sostiene Vanessa Cueto La Rosa, especialista en inversiones de gestión socio-ambiental de la ONG Derecho, Ambiental y Recursos Naturales (DAR). Cueto advierte, además, que la clasificación prevista en el anexo 1 del reglamento, que plantea la posibilidad de una Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP) en la selva, posibilita a las empresas presentar un estudio ambiental de menor rigor dentro de Áreas Naturales Protegidas (ANP), ecosistemas frágiles, reservas territoriales o reservas indígenas o zonas con hábitats no intervenidas. “También se debe tener en cuenta los impactos. Un DIA o un EIA semidetallado implica que el impacto es considerado leve y puede que los estándares hayan variado porque la tecnología ha mejorado; pero, entonces, ¿dónde están los estudios? ¿Eso sucede en todas las empresas? ¿Todas han mejorado? ¿Dónde quedan entonces los derrames que ocurren y las infracciones que se reportan en la OEFA?”, reclamó. MEM: EMPRESAS TIENEN MAYOR TECNOLOGÍA Consultados al respecto, Juan Ortiz, director general de Hidrocarburos, y Edwin Regente Ocmin, director general de Ambientales Mineros, negaron que con el nuevo Reglamento Nacional de Hidrocarburos se haya disminuido los niveles de exigencia ambiental y argumentaron que, en cambio, la nueva clasificación fue diseñada luego de verificar en el campo las garantías de calidad y las exigencias tecnológicas de las propias empresas. “Lo que ha sucedido en las últimas décadas es que las actividades de hidrocarburos han mejorado sus procesos, han disminuido los riesgos y, por ello, son actividades realizadas por empresas que tienen ya estándares internacionales y que significan una mejora de las empresas en el cuidado del medio ambiente”, indicó Edwin Regente. En esa línea, el funcionario defendió la clasificación del DIA en la zona sísmica y dijo que su calidad estaba garantizada debido a que, previa a esta etapa, existen reglamentos que evalúan previamente los proyectos y reducen los riesgos al medio ambiente. “La DIA ya tiene una exigencia en el mismo reglamento de los cuidados que deben tener para el medio ambiente, ese es el punto. No hay que quedarse en el pasado, hay que ver que las actividades han mejorado”, indicó Regente. A su turno, Ortiz manifestó que este reglamento buscó adecuar el reglamento ambiental al mandato de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) que pide deben precalificarse los estudios. “Antes de que presenten los estudios las empresas deben exponer cuál es su proyecto, hacemos las observaciones y determinamos el tiempo del acompañamiento que garantiza mejor calidad”, expresó Ortiz, quien dijo que es una tendencia en los instrumentos ambientales pasar de medidas generales a específicas. CLAVES El ministro Mayorga dijo durante una convención de Hidrocarburos en Canadá: “Los inversionistas no vienen al Perú a realizar trámites, sino a resolver problemas”. El reglamento que determina que los proyectos de inversión y protección ambiental eliminan los EIA de la fase de exploración sísmica derogó el DS º05-2006. Tribunal ambiental procesó más expedientes desde el 2011 Según información del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) desde el 2011 hasta el 2014 no ha habido una significativa reducción de faltas en el rubro Hidrocarburos. Se reportó, por ejemplo, que en el 2011, el tribunal procesó 18 expedientes; mientras que el 2012, 15; en el 2013, 43 y hasta julio de 2014,20. Al respecto, se debe señalar que el Tribunal de Fiscalización ambiental es el órgano que resuelve en última instancia las sanciones impuestas u otras decisiones impugnables del OEFA en temas de supervisión y fiscalización ambiental.