Política

Sentenciados con penas menores a 10 años serían liberados tras decreto del Ejecutivo

El Gobierno de Dina Boluarte aprobó la medida bajo el argumento de “combatir el hacinamiento en penales”.

El jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia, Abraham García, explicó que la medida del Gobierno no incluye delitos graves. Foto: composición Jessica Arce/ La República/ Polemos/ Blogs
El jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia, Abraham García, explicó que la medida del Gobierno no incluye delitos graves. Foto: composición Jessica Arce/ La República/ Polemos/ Blogs

El Poder Ejecutivo promulgó un decreto que facilita la liberación de condenados a prisión por hasta 10 años. Asimismo, este suspende la ejecución de condenas de hasta ocho contra delincuentes no mayores de 25 años que cometan por primera vez un delito.

De acuerdo al Decreto Legislativo se modifica al artículo 52-B del Código Penal: "Todas las personas que hayan sido condenadas con una pena de entre siete y 10 años puedan evitar el ingreso a un centro penitenciario —o salir del mismo—, siempre y cuando lleven un grillete electrónico y presten servicio a la comunidad". Mediante la modificación, aquellos que tengan sentencia de prisión efectiva de 10 a 12 años serán beneficiados.

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 Foto: El Peruano

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Por otro lado, indican una nueva modificación para el artículo 57 del Código Penal, el cual puede suspender la ejecución de la pena en caso esta no supere los 8 años y el sentenciado no cuente con antecedentes penales y sea menor de 25 años al momento de cometer el delito.

 Foto: El Peruano

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Ministerio de Justicia: "No aplica para delitos graves"

Tras los cuestionamientos que ha generado este decreto por parte del Poder Ejecutivo, el jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia, Abraham García, explicó que la medida del Gobierno no incluye delitos graves; por el contrario, indicó que se aplica para aquellos “delitos de menor gravedad como falsificación de documentos, delitos que tienen que ver con libramiento ilegal”, entre otros.

"A través de esta medida no se van a liberar a delincuentes en temas de corrupción o temas de violencia, eso es importante señalarlo. Están expresamente excluidos de todo tipo de conversión a grillete o demás, delitos graves como delitos de cohecho, colusión, peculado, negociación ilícita, negociación incompatible, organización criminal. Esta norma ha adicionado el tema de la violencia de género, de la violencia contra la mujer y a integrantes de grupos familiar como delitos excluidos de este tipo de beneficios", dijo para Canal N

Gobierno anuncia cierre temporal de cárceles para nuevos reos en el 2025

El último lunes 20 de noviembre, el ministro de Justicia, Eduardo Arana, anunció que aprobaron un proyecto de ley que tiene como objetivo enfrentar el deshacinamiento penitenciario. En ese contexto, indicó que el Tribunal Constitucional ya emitió una sentencia para que, en dos años, se cierren temporalmente los penales que no reúnan las condiciones carcelarias adecuadas para continuar admitiendo reos.

"El día se ha aprobado un decreto legislativo que tiene como propósito enfrentar el deshacinamiento penitenciario. Como ustedes saben, hay una sentencia del Tribunal Constitucional que dispone que, en los dos años, se deben cerrar aquellos penales que no tengan las condiciones carcelarias que dispone la ley", mencionó en Canal N.

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