Pedro Castillo: ¿por cuáles delitos sería investigado el presidente en el caso de Petroperú?
Abogados penalistas explicaron que la fiscal de la Nación es la única que puede disponer abrir una investigación contra el presidente y citarlo en calidad de imputado.
El presidente de la República, Pedro Castillo, vuelve a estar en el ojo de la tormenta, ya que, el último domingo 19 de diciembre, un reportaje periodístico de Panorama reveló que el mandatario se reunió con Samir Abudayeh, empresario comercializador de Biodiesel, quien unos días después de aquel encuentro ganó una licitación con Petroperú por US$ 74 millones.
En esa misma reunión participó el gerente general de Petroperú, Hugo Chávez; Gregorio Saenz, miembro de la Junta Nacional de Palmicutores; y la empresaria Karelim López, quien es investigada por el presunto delito de tráfico de influencias y colusión agravada en la licitación de la obra Puente Tarata en San Martín.
Este nuevo cuestionamiento contra el jefe de Estado se sumó a la negativa de brindar la lista de personas con las que se reunió de manera extraoficial en su vivienda de Breña, tema que lo ha puesto en la mira del procurador general del Estado, Daniel Soria, quien lo denunció ante la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, por la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias.
Tras difundirse la reuniones que tuvo el mandatario en Palacio de Gobierno, este lunes 20 de diciembre, la fiscal Norah Córdova, del Segundo Despacho de la Primera Fiscalía Anticorrupción, dispuso abrir una investigación preliminar contra Karelim López, Hugo Chávez, Samir Abudayeh y otros implicados. Asimismo, los fiscales acudieron a Palacio de Gobierno para comenzar con la diligencias preliminares.
Posible investigación a Castillo
El abogado penalista Carlos Caro aclaró que dentro de la investigación preliminar antes mencionada no podría ser investigado el presidente de la República, Pedro Castillo, y solo sería citado a declarar en calidad de testigo. Sin embargo, la fiscal de la Nación sí podría abrir diligencias directas contra el mandatario.
“Esta investigación, como es de una Fiscalía provincial, solo puede comprender a las personas que no tienen un fuero especial. El presidente en este contexto no puede ser investigado, solo puede ser investigado por la Fiscalía de la Nación”, explicó Caro para La República.
“La Fiscalía de la Nación tendría que abrir una investigación preliminar contra el presidente de la República y esa investigación la tiene que dictar la propia fiscal de la Nación. Ella tendría que emitir una disposición de apertura de investigación”, agregó.
En ese sentido, señaló que la titular del Ministerio Público, Zoraida Ávalos, puede citar a Castillo Terrones en calidad de imputado y hacer las diligencias correspondientes, pero aclaró que esto tiene “un punto muerto” porque el caso no podría llegar a una acusación por la inmunidad que goza como jefe de Estado.
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“El Congreso tampoco podría formar una acusación constitucional por delito si es que el presidente sigue en funciones. Es el problema de la Constitución, solo permite acusar al presidente por delito específicos, como cerrar el Parlamento ilegalmente, perturbar la acción de los órganos electorales o traición a la patria. Para nada está el tema de la corrupción”, manifestó el experto en derecho.
Por su lado, la abogada penalista Liliana Calderón también recordó que Castillo Terrones cuenta con esta prerrogativa constitucional, que solo permite que sea investigado por la Fiscalía de la Nación.
“Si es que se inicia la investigación (contra Pedro Castillo), lo primero que se va a disponer es la declaración del presidente y de las otras personas que estén investigadas por los hechos”, puntualizó.
Delitos por los que sería investigado
En caso la Fiscalía de la Nación abra una pesquisa en contra del presidente de la República, Pedro Castillo, Carlos Caro mencionó que puede ser investigado por la presunta comisión del delito de colusión y por negociación incompatible.
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“El delito principal es colusión, que implica el acuerdo de voluntades criminal entre particulares y funcionarios. Es el delito central. La Fiscalía provincial ha abierto por negociación incompatible, pero ese es un delito subsidiario. Es decir que, si no se aprueba la colusión, podría aprobarse el favorecimiento por parte de funcionarios a los privados”, sostuvo.
A su turno, Liliana Calderón señaló que, además del delito de colusión, también se podría investigar al mandatario por tráfico de influencias y negociación incompatible. “Luego de culminado su mandato se puede proceder con la imposición de alguna sanción por estos delitos si es que así lo ameritara el caso”, agregó.