La Libertad: admiten demanda de amparo contra referéndum para nueva constitución

La audiencia que abordará el trámite fue programada para el 28 de diciembre, según señaló Raúl Yván Lozano Peralta, uno de los dos ciudadanos que presentaron el recurso.

La demanda de amparo presentada por los ciudadanos Jorge Eduardo Lazarte Molina y Raúl Yván Lozano Peralta contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a fin de suspender el referéndum para una asamblea constituyente, fue admitida por el Cuarto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.

“Nosotros hemos presentado una demanda de amparo contra una decisión de la ONPE que ha dado un kit para que se comience a promover una constituyente. Esto es inconstitucional a nuestro entender, porque vulnera el artículo 206 de la Constitución, en donde se señala que el referéndum se hace en el Congreso de la República y después de una votación calificada, dentro del marco de la mitad más uno del número legal de congresistas”, indicó Lozano Peralta a La República.

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La audiencia para el trámite de la demanda de amparo fue programada para el 28 de diciembre, la misma que será virtual. Mientras tanto, en diversas ciudades se continúa con la recolección de firmas, promovida por militantes de Perú Libre.

“La ONPE no ha hecho un análisis de legalidad y constitucionalidad como bien lo señalan en sus anuncios. Solo le han dado razón al individuo que presentó esta demanda del kit y ya se está dando la recolección de firmas. La señora Dina Boluarte y el presidente Pedro Castillo, están proponiendo una acción que es inconstitucional, lo que pretende esta demanda es que se suspenda y se deje sin efecto esta recolección”, detalló.

Luego, Lozano Peralta agregó: “Es necesario siempre revisar la Constitución por el trascurso del tiempo, la de 1993 ha sido revisada y modificada, toda constitución no puede ser pétrea. No se cuestiona la revisión, nosotros estamos cuestionando el procedimiento para la revisión o modificación. No se tiene que vulnerar los artículos de la Constitución y la Ley de Participación Ciudadana también señala que se debe hacer en concordancia con el artículo 206″.

Raúl Yvan Lozano Peralta. Foto: Facebook

Raúl Yvan Lozano Peralta. Foto: Facebook

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