Abogado de Vizcarra: No pueden inhabilitar antes que el PJ determine culpabilidad
Ugaz señala que jurisprudencia del TC determina que la medida se ejecuta luego de una sentencia. Comisión busca impedir que expresidente ocupe cargos públicos hasta por 10 años.
La Comisión de Fiscalización del Congreso aprobó el informe final que recomienda inhabilitar al expresidente Martín Vizcarra por 10 años de la función pública, así como acusarlo constitucionalmente por diversos delitos al considerarlo como uno de los responsables de los contratos irregulares de Richard Cisneros, más conocido como Richard Swing.
Sin embargo, Fernando Ugaz, el abogado del exmandatario ha rechazado estas medidas y enfatizó que el impedimento para ocupar cargos públicos solo se permite tras una sentencia legal, de acuerdo a, según señaló, la jurisprudencia elaborada por el Tribunal Constitucional (TC).
“Hay una sentencia del TC que detalla claramente que la inhabilitación se implementa luego de la existencia de una sentencia judicial. De tal manera que van a tener que esperar a que terminen las investigaciones, la etapa intermedia, del juicio y se respete el debido proceso para que recién se implemente la inhabilitación”, mencionó en conversación con La República.
Fernando Ugaz reitera que no hay ninguna prueba que corrobore las declaraciones de aspirantes que imputan a Vizcarra. Foto: Difusión
En específico, una de las decisiones a las que se refiere Fernando Ugaz es la sentencia del 1 de diciembre de 2013 del EXP. n.° 0006-2003-AI/TC en la que 65 congresistas pidieron que se declare la inconstitucionalidad del inciso j) del artículo 89 del Reglamento del Congreso de la República, la que terminó declarada como infundada.
En el fundamento 15 de esta resolución se estableció que la inhabilitación, como una de las sanciones facultadas por el Congreso, debe ser siempre y cuando los delitos se declaren en sentencia firme por el Poder Judicial.
Sentencia del TC sobre casos que involucran inhabilitación de funcionarios
Esta misma idea fue reforzada en la sentencia del 8 de agosto de 2012 del EXP. n.° 00156-2012-PHC/TC, del caso César Humberto Tineo Cabrera, en el que se estableció que las sanciones por infracciones constitucionales tiene que estar basadas en delitos tipificados y sentencia firme.
Sentencia del TC sobre casos que involucran inhabilitación de funcionarios
Asimismo, señaló que Martín Vizcarra ya tiene, oficialmente, la condición de investigado por la Fiscalía de la Nación en el caso de las contrataciones irregulares de Richard Cisneros en el Ministerio de Cultura entre los años 2018 y 2020, por los que el cantante habría recibido S/ 175.400.
“No pueden inhabilitar hasta que el Poder Judicial no determine culpabilidad y responsabilidad penal, y los casos de Swing están en la Fiscalía de la Nación en plenas diligencias preliminares”, mencionó la defensa legal.
Además, agregó que si el Congreso insiste con su intento de inhabilitar de la función pública a Martín Vizcarra sin esperar una sentencia del Poder Judicial por el caso Richard Swing podrían interponer una acción de amparo.
Pleno evaluará acusación contra Vizcarra
La comisión liderada por el investigado legislador Edgar Alarcón, de Unión por el Perú (UPP), aprobó que la sanción alcance también a los exministros de Agricultura Gustavo Mostajo y Jorge Montenegro; a Fabiola Muñoz, de Ambiente; así como de otros sectores como Cultura, Transportes, Vivienda, Educación y Defensa.
Ante la presentación del informe, algunos legisladores sugirieron que se precisen a todos los involucrados y los delitos que se imputan. Al respecto, el parlamentario señaló que el documento quedó con cargo a redacción para que posteriormente sea debatido en la sesión plenaria.
Si el Pleno aprueba el informe final, este será enviado al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República a fin de que continúen las investigaciones.
Edgar Alarcón
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