Política

Cancillería asegura que cumplió con pagar CTS a diplomáticos en retiro

El Ministerio de Relaciones Exteriores refirió que los funcionarios que consideren que hubo transgresión de sus derechos pueden acudir al Poder Judicial a interponer un reclamo.

Cancillería. Foto: Verónica Calderón.
Cancillería. Foto: Verónica Calderón.

A fines de agosto, cuatro diplomáticos que fueron cesados en 1992 por el autogolpe de Alberto Fujimori denunciaron que el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) no les pagó su compensación por tiempo de servicio (CTS) completa luego de pasar al retiro.

Sucede que este grupo de embajadores, conformado por José Luis Pérez Sánchez Cerro, Guillermo Russo Checa, Santiago Marckovich Monasi y el ministro consejero Óscar Barrenechea Núñez del Arco, fueron restituidos en 2002. Al momento de jubilarse se les reconoció la CTS por todo el tiempo de trabajo, incluye el periodo tras su reincorporación.

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Ante estos hechos, el MRE refirió, a través de un comunicado, que se cumplió con realizar los pagos correspondientes, hasta el momento del cese, a todos los funcionarios que culminaron labores en 1992.

A estos funcionarios diplomáticos se les reconoció el pago de su CTS por el tiempo laborado antes del cese colectivo acontecido, así como por el tiempo de servicios prestados al MRE desde su reincorporación hasta su pase a la situación de retiro en fechas recientes”, se lee en el comunicado.

Además, se señaló que el desembolso fue el adecuado, debido a que las normas que rigen a todas los organismos del Estado no permiten modalidades de fraccionamiento o impagos.

“El reconocimiento de la CTS, efectuado mediante la mencionada Resolución Directoral, tiene efecto cancelatorio. En las instituciones del Estado, la ley no permite que se efectúe un doble pago de CTS por el mismo periodo laborado en las mismas. Tampoco resulta posible efectuar pagos adelantados o parciales de la CTS a los servidores públicos, salvo disposición legal (especial) o mandato judicial en contrario”, mencionó la institución.

Reincorporación de diplomáticos

La Cancillería expresó que el reingreso de diplomáticos que fueron cesados colectivamente y de manera injusta ocasionó que se generara una nueva inscripción de años de servicio “para efectos de cálculo y del pago de la CTS”, que es información indispensable para la jubilación.

“El Ministerio de Relaciones Exteriores desea reiterar que el cese del año 1992 fue un evento lamentable e injusto, y reafirma su plena y permanente disposición de acatar lo que señale la judicatura, en observancia de la ley.”, se expresó.

Diplomáticos pueden acudir al Poder Judicial

Por otra parte, se indicó que aquellos diplomáticos que no estén de acuerdo con los pagos efectuados y consideran que existe una transgresión a sus derechos, pueden acudir al Poder Judicial para interponer un reclamo.

“El Ministerio de Relaciones Exteriores y sus funcionarios actúan con respeto irrestricto del principio de legalidad; esto es hacer aquello que esté expresamente facultado en una norma permisiva sin ejercer discrecionalidad alguna, con apego a la Constitución, la Ley y al derecho”, precisó.

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